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Documento DOUE-L-1990-80968

Reglamento (CEE) nº 2179/90 del Consejo, de 24 de julio de 1990, por el que se modifica, por tercera vez, el Reglamento (CEE) nº 2390/89 por el que se establecen las normas generales para la importación de los Vinos, zumos y mostos de uva.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 198, de 28 de julio de 1990, páginas 10 a 10 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-80968

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1325/90 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 70,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el apartado 2 del artículo 1 y el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2390/89 (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1772/90 (4), establecen facilidades de importación para productos vitivinícolas originarios de países terceros que ofrezcan garantías específicas en relación con el certificado de origen y de conformidad con el boletín de análisis; que el apartado 2 del artículo 3 del mismo Reglamento limita estas facilidades a un período de prueba que expira el 31 de julio de 1990; que, habida cuenta del plazo necesario para el examen de la aplicación del futuro régimen, conviene prorrogar en un año el citado período,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2390/89 la fecha del 31 de julio de 1990 se sustituye por la del 31 de julio de 1991.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de agosto de 1990.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de julio de 1990.

Por el Consejo

El Presidente

C. MANNINO

(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.

(2) DO no L 132 de 23. 5. 1990, p. 19.

(3) DO no L 232 de 9. 12. 1989, p. 7.

(4) DO no L 163 de 29. 6. 1990, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/07/1990
  • Fecha de publicación: 28/07/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 01/08/1990
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA la fecha del art. 3.2 del Reglamento 2390/89, de 24 de julio (Ref. DOUE-L-1989-80898).
Materias
  • Importaciones
  • Mosto
  • Vinos
  • Zumos de frutas

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