LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 763/89 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 12,
Considerando que el Reglamento (CEE) no 1723/81 del Consejo, de 24 de junio de 1981, por el que se establecen las normas generales relativas a las medidas destinadas a mantener el nivel de utilización de mantequilla por determinadas categorías de consumidores e industrias (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 863/84 (4), prevé la posibilidad de conceder una ayuda a la mantequilla que se encuentre en el mercado, a fin de permitir la compra de dicho producto a un precio reducido; que entre tales categorías de consumidores se hallan los ejércitos y las unidades asimiladas;
Considerando que, habida cuenta de la situación actual del mercado de la mantequilla, que se caracteriza principalmente por una producción y unas
reservas menos importantes, resulta necesario reducir las categorías de consumidores que puedan beneficiarse de una ayuda a la compra de dicha mantequilla y, por consiguiente, suspender el Reglamento (CEE) no 2192/81 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 274/88 (6);
Considerando que el Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos no ha emitido dictamen alguno en el plazo fijado por su Presidente,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda suspendido el apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 2192/81.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1989.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de junio de 1989.
Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.
(2) DO no L 84 de 29. 3. 1989, p. 1.
(3) DO no L 172 de 30. 6. 1981, p. 14.
(4) DO no L 90 de 1. 4. 1984, p. 23.
(5) DO no L 213 de 1. 8. 1981, p. 24.
(6) DO no L 26 de 30. 1. 1988, p. 61.
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