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Documento DOUE-L-1988-81826

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 507/88 de la Comisión, de 25 de febrero de 1988, por el que se modifica por primera vez el Reglamento (CEE) nº 1481/86 sobre la determinación de los precios de canales frescas o congeladas de oveja en los mercados representativos de la Comunidad y el control de precios de otras determinadas calidades de canales de oveja en la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 59, de 4 de marzo de 1988, páginas 36 a 36 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81826

TEXTO ORIGINAL

En la página 20, el apartado 1 del artículo 1 debe leerse:

« 1. En el apartado A de los Anexos II y III del Reglamento (CEE) no 1481/86, los términos "agneaux extra" se sustituyen por "agneaux de boucherie - slachtlammeren" »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/03/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 507/88, de 25 de febrero (Ref. DOUE-L-1988-80140).
  • CORRIGE errores en los Anexos II y III del Reglamento 1481/86, de 15 de mayo (Ref. DOUE-L-1986-80684).
Materias
  • Carnes
  • Congelados
  • Ganado ovino
  • Precios

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