Está Vd. en

Documento DOUE-L-1988-81795

Rectificación a la Directiva 88/388/CEE del Consejo, de 22 de junio de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en el ámbito de los aromas que se utilizan en los productos alimenticios y de los materiales de base para su producción.

Publicado en:
«DOCE» núm. 345, de 14 de diciembre de 1988, páginas 29 a 29 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81795

TEXTO ORIGINAL

Página 64, artículo 9, apartado 2, párrafo primero:

En la quinta línea, después de la palabra « exclusivamente » añádanse las palabras:

« las sustancias aromatizantes definidas en el inciso i) de la letra b) del apartado 2 del artículo 1 y/o ... ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/12/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Directiva 88/388, de 22 de junio (Ref. DOUE-L-1988-80730).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentación
  • Armonización de legislaciones
  • Sanidad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid