Está Vd. en

Documento DOUE-L-1988-81760

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3989/87 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2727/75 por el que se establece la organización común de mercado en el sector de los cereales.

Publicado en:
«DOCE» núm. 229, de 18 de agosto de 1988, páginas 43 a 44 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81760

TEXTO ORIGINAL

Página 4, en el Anexo I,

en lugar de: « ex 2380 90 -Los demás:

ex 2308 90 30 --Orujo de . . . »,

léase: « ex 2308 90 -Los demás:

2308 90 30 --Orujo de . . . »;

en lugar de: « (1) Para aplicación . . . de los nos 0104 a 0406, . . . »,

léase: « (1) Para aplicación . . . de los nos 0401 a 0406 . . . ».

Página 5, en el Anexo II,

en lugar de: « ex 0711 Legumbres . . . : »

« ex 1702 Los demás . . .: »,

léase: « 0711 Legumbres . . .: »

« 1702 Los demás . . . »;

en lugar de: « ex 1901 Extracto de malta . . . 0404, sin polvo de cacao »,

léase: « ex1901 Extracto de malta . . . 0404, sin polvo de cacao o con una proporción inferior al 10 % en peso, no expresadas ni comprendidas en otras partidas:

- Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, sémola, almidón, fécula o

extracto de malta, sin polvo de cacao o con una proporción inferior al 50 % en peso, no expresadas ni comprendidas en otras partidas »;

en lugar de: « ex 1902 Pastas alimenticias . . . incluso preparado: »,

léase: « ex 1902 Pastas alimenticias. . . incluso preparado

-Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma:

1902 11 00 --que contengan huevo

1902 19 --las demás »;

en lugar de: « 1902 40 -Cuscús:

1902 40 90 -Las demás »,

léase: « 1902 40-Cuscús:

1902 40 10 --Sin preparar

1902 40 90 ---Los demás ».

Página 6,

en lugar de: « ex 2001 Legumbres . . .: »,

léase: « 2001 Legumbres . . . ».

Página 7,

en lugar de: « 2101 30 99 ---Los demás (que no sean achicoria tostada) »

« ex 2105 00 Helados y productos similares incluso con cacao »

« 2208 30 « Whisky »:

-- Los demás (que no sean « Whisky Bourbon ») . . .: »

« ex 220890 39 ---Superior a 2 litros

----Vodka »,

léase: « 2101 30 99 ---Los demás (que no sean extractos de achicoria tostada) »

« ex 2105 00 Helados y productos similares sin cacao »

« 2208 30 -« Whisky »:

---Los demás (que no sean « whisky Bourbon ») . . .: »

« ex 2208 90 39 ---Superior a 2 litros:

----Vodka ».

Página 8,

en lugar de: « ex 2916 Ácidos . . . acílicos . . .

---cílicos . . .: »

« ex 2917 Ácidos . . . peróxidos y y . . .: »

« ex 2936 Provitaminas . . . »,

léase: « ex 2916 Ácidos . . . acíclicos . . .

. . . cíclicos . . .: »

« ex 2917 Ácidos . . .peróxidos y . . .: »

« 2936 Provitaminas . . . ».

Página 10, el código NC « 3812 10 00 Plastificantes . . . plásticas », queda suprimido.

Página 11,

en lugar de: « 3913 90 90 --Los demás:

- . . .

-. . .

-Los demás »,

léase: « 3913 90 90 -Los demás

-. . .

- . . .

-Los demás, excluido linoxina ».

Página 13, en el Anexo III,

en lugar de: « 2306 90 91 ---De germen de maíz »,

léase: « 2306 90 91 ---De germen de maíz: con un contenido

de materias grasas comprendido entre 3 % y 8 % ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/08/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores que anula la rectificación, en DOCE L 41, de 15 de febrero de 1990 (Ref. DOUE-L-1990-82041).
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3989/87, de 23 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81651).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2727/75, de 29 de octubre (Ref. DOUE-L-1975-80227).
Materias
  • Cereales
  • Comercialización
  • Comercio extracomunitario
  • Exacciones a la exportación
  • Exacciones a la importación
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Indemnizaciones
  • Mercancías
  • Organismo de intervención
  • Organización Común de Mercado
  • Precios
  • Restituciones a la exportación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid