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Documento DOUE-L-1988-81698

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 4055/87 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3035/80 del Consejo, por el que se establecen, para determinados productos agrarios exportados en forma de mercancías no incluidas en el Anexo II del Tratado, las normas generales relativas a la concesión de restituciones a la exportación y los criterios para la fijación de su importe.

Publicado en:
«DOCE» núm. 119, de 7 de mayo de 1988, páginas 45 a 45 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81698

TEXTO ORIGINAL

En el Anexo B, página 6,

en lugar de: « ex 0710 40 00 Maíz dulce »,

léase: « 0710 40 00 Maíz dulce »;

en lugar de: « ex 0711 90 30 Maíz dulce »,

léase: « 0711 90 30 Maíz dulce ».

Página 8,

en lugar de: « ex 2001 90 30 Maíz dulce: »,

léase: « 2001 90 30 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »

Página 9,

en lugar de: « 2004 90 10 Maíz dulce: »

léase: « 2004 90 10 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata) »;

en lugar de: « ex 2005 80 00 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »,

léase: « 2005 80 00 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »;

el código NC ex 2005 90 90 Maíz dulce (los demás que Zea mays var. saccharata), queda suprimido;

en lugar de: « ex 2008 99 85 Maíz dulce: »,

léase: « 2008 99 85 Maíz, con excepción del maíz dulce (Zea mays

var. sacchara) ».

En el Anexo C, página 19,

en lugar de: « ex 0710 40 00 Maíz dulce: »,

léase: « 0710 40 00 Maíz dulce: »

en lugar de: « ex 0711 90 30 Maíz dulce: »,

léase: « 0711 90 30 Maíz dulce: ».

Página 21,

en lugar de: « ex 2001 90 30 Maíz dulce: »,

léase: « 2001 90 30 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »;

en lugar de: « ex 2004 90 10 Maíz dulce: »,

léase: « 2004 90 10 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »;

en lugar de: « ex 2005 80 00 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »

léase: « 2005 80 00 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata): »;

el código NC ex 2005 90 90 Maíz dulce (excepto Zea mays var. saccharata), queda suprimido.

Página 22,

en lugar de: « ex 2008 99 85 Maíz dulce: »,

léase: « 2008 99 85 Maíz, con excepción del maíz dulce (Zea mays var. saccharata): ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/05/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores de la rectificación, en DOCE L 152, de 18 de junio de 1988 (Ref. DOUE-L-1988-81719).
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 4055/87, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81669).
  • CORRIGE errores en los anexos B y C del Reglamento 3035/80, de 11 de noviembre (Ref. DOUE-L-1980-80451).
Materias
  • Certificaciones
  • Exportaciones
  • Mercancías
  • Productos agrícolas
  • Productos químicos
  • Restituciones a la exportación

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