Está Vd. en

Documento DOUE-L-1988-81392

Reglamento (CEE) nº 3852/88 de la Comisión, de 12 de diciembre de 1988, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1767/82 en lo que se refiere a las importaciones de determinados quesos procedentes de Turquía

Publicado en:
«DOCE» núm. 343, de 13 de diciembre de 1988, páginas 10 a 11 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81392

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1109/88 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 14,

Considerando que la Comunidad ha otorgado a Turquía, a partir del 1 de julio de 1972, una concesión autónoma relativa al régimen de importación establecido para los quesos de oveja y de búfala contenidos en pellejos de oveja o de cabra; que conviene extender las condiciones de esta concesión al queso denominado « Tulum Peyniri », incluido en el código NC ex 0406 90 89;

Considerando que es conveniente modificar como corresponda el Reglamento (CEE) no 1767/82 de la Comisión, de 1 de julio de 1982, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las exacciones reguladoras específicas a la importación para determinados productos lácteos (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 611/88 (4);

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Anexos I, III y IV del Reglamento (CEE) no 1767/82 serán modificados de conformidad con el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1989.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 1988.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO no L 110 de 29. 4. 1988, p. 27.

(3) DO no L 196 de 5. 7. 1982, p. 1.

(4) DO no L 60 de 5. 3. 1988, p. 19.

ANEXO

1. En el Anexo I se añadirá la siguiente letra « u »:

1.2.3.4 // // // // // « u) ex 0406 90 89 // « Tulum Peyniri », preparado a partir de leche de oveja o de búfala en envases individuales de plástico con un contenido que no sobrepase los 10 kilogramos // Turquía // 65,61 » // // // //

2. En el Anexo III, el punto L será sustituido por el siguiente texto:

« L. en lo referente a los quesos de oveja o de búfala en recipientes con salmuera o en pellejos de oveja o de cabra y al queso 'Tulum Peyniri' que figuran en las letras p) y u) del Anexo I y recogidos en los códigos NC 0406 90 31, 0406 90 50 y ex 0406 90 89:

1. la casilla no 7, indicando, según los casos, 'queso de oveja' o 'queso de búfala', así como 'en recipientes con salmuera' o 'en pellejos de oveja o de cabra';

2. la casilla no 10, indicando, según los casos, 'exclusivamente leche de oveja de producción nacional' o 'exclusivamente leche de búfala de producción nacional';

3. las casillas nos 11 y 12; »

3. En el Anexo IV, en la columna « tercer país Turquía », se añadirá, en las casillas debajo de « Código NC » y « designación de los productos », la siguiente línea:

1.2 // // // « ex 0406 90 89 // ''Tulum Peyniri" » // //

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 12/12/1988
  • Fecha de publicación: 13/12/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 16/12/1988
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1990.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos I, III y IV del Reglamento 1767/82, de 1 de julio (Ref. DOUE-L-1982-80252).
Materias
  • Importaciones
  • Queso
  • Turquía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid