1.2.3 // // // // Número de orden // Númerodel arancel
aduaANEXO
« ANEXO I
I. Contenido en aceite de las semillas de colza y de nabina
Bonificación o depreciación de 0,020 ECU por cada 100 gramos de aceite por encima o por debajo de 40 kg contenidos en 100 kg de semillas, cuyo peso se determinará de conformidad con el método definido en el Anexo del Reglamento (CEE) no 2681/83, y cuyo contenido en aceite será consecuentemente adaptado.
II. Contenido en aceite de las semillas de girasol
Bonificación o depreciación de 0,025 ECU por cada 100 gramos de aceite por encima o por debajo de 44 kg contenidos en 100 kg de semillas, cuyo peso se determinará de conformidad con el método definido en el Anexo del Reglamento (CEE) no 2681/83, y cuyo contenido en aceite será consecuentemente adaptado.
No obstante, la bonificación o depreciación contemplada en el párrafo anterior será de 0,080 ECU en España. »
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid