LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, referente a problemas sanitarios y de policía sanitaria en la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento
(CEE) no 3768/85 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18,
Considerando que la lista de establecimientos de Nueva Zelanda autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas ha sido establecida inicialmente por la Decisión 83/402/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 86/79/CEE (4);
Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión, de 8 de abril de 1983, relativa a los controles in situ efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina, así como de carnes frescas procedentes de terceros países (5), ha revelado que el nivel de higiene de determinados establecimientos ha experimentado cambios con relación a la inspección precedente;
Considerando que es necesario modificar en consecuencia la lista de establecimientos;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Se sustituye el Anexo de la Decisión 83/402/CEE por el Anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 1986.
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO no L 302 de 31. 12. 1972, p. 28.
(2) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.
(3) DO no L 233 de 24. 8. 1983, p. 24.
(4) DO no L 76 de 21. 3. 1986, p. 59.
(5) DO no L 108 de 26. 4. 1983, p. 18.
ANEXO
LISTA DE ESTABLECIMIENTOS
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