( 85/622/CEE )
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y , en particular , su artículo 396 ,
Considerando que los resultados de las encuestas de 1985 y 1987 sobre la estructura de las explotaciones agrícolas , previstas en el Reglamento ( CEE ) n º 1463/84 del Consejo (1) , únicamente podrán concordar en el conjunto de la Comunidad Económica Europea si los conceptos contenidos en la lista de características se comprenden y utilizan de forma uniforme ; que , por consiguiente , es necesario establecer definiciones uniformes de dichos conceptos en la medida en que sea necesario ;
Considerando que , como consecuencia de la adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa , resulta necesario adaptar la Decisión de la Comisión 83/461/CEE (2) ;
Considerando que , en virtud del apartado 3 del artículo 2 del Tratado de adhesión , las instituciones de las Comunidades podrán adoptar , antes de la adhesión , las medidas contempladas en el artículo 396 del Acta , las cuales entrarán en vigor en la fecha de entrada en vigor de dicho Tratado y a condición de que esta última se produzca ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :
Artículo 1
En la fecha de entrada en vigor del Tratado de adhesión de España y de Portugal , el Anexo I , parte A/01 circunscripciones de la Decisión 83/461/CEE quedará modificado con arreglo al Anexo de la presente Decisión .
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 16 de diciembre de 1985 .
Por la Comisión
Alois PFEIFFER
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 142 de 29 . 5 . 1984 , p. 3 .
(2) DO n º L 251 de 12 . 9 . 1983 , p. 100 .
ANEXO
Definiciones y explicaciones que completan las definiciones y explicaciones de la Decisión 83/461/CEE
ESPAÑA ( número de código del país = 11 )
Regiones Circunscripciones
001 . Andalucía 001 . Almería
002 . Cádiz
003 . Córdoba
004 . Granada
005 . Huelva
006 . Jaén
007 . Málaga
008 . Sevilla
002 . Aragón 001 . Huesca
002 . Teruel
003 . Zaragoza
003 . Asturias 001 . Asturias
004 . Baleares 001 . Baleares
005 . Canarias 001 . Las Palmas
002 . Sta. Cruz de Tenerife
006 . Cantabria 001 . Cantabria
007 . Castilla-León 001 . Avila
002 . Burgos
003 . León
004 . Palencia
005 . Salamanca
006 . Segovia
007 . Soria
008 . Valladolid
009 . Zamora
008 . Castilla-La Mancha 001 . Albacete
002 . Ciudad Real
003 . Cuenca
004 . Guadalajara
005 . Toledo
009 . Cataluña 001 . Barcelona
002 . Gerona
003 . Lérida
004 . Tarragona
010 . Extremadura 001 . Badajoz
002 . Cáceres
011 . Galicia 001 . La Coruña
002 . Lugo
003 . Orense
004 . Pontevedra
012 . Madrid 001 . Madrid
013 . Murcia 001 . Murcia
014 . Navarra 001 . Navarra
015 . Comunidad Valenciana 001 . Alicante
002 . Castellón de la Plana
003 . Valencia
016 . País Vasco 001 . Alava
002 . Guipúzcoa
003 . Vizcaya
017 . La Rioja 001 . Rioja
PORTUGAL ( número de código del país = 12 )
Regiones Circunscripciones
001 . Entre Douro e Minho 001 . Viana do Castelo
002 . Braga
003 . Porto
002 . Trás-os-Montes 001 . Vila Real
002 . Bragança
003 . Beira Litoral 001 . Aveiro
002 . Coimbra
003 . Viseu
004 . Beira Interior 001 . Guarda
002 . Castelo Branco
005 . Ribatejo e Oeste 001 . Leiria
002 . Santarém
003 . Lisboa
004 . Setúbal
006 . Alentejo 001 . Portalegre
002 . Evora
003 . Beja
007 . Algave 001 . Faro
008 . Regiãno Autónoma dos Açores 001 . Açores
009 . Região Autónoma da Madeira 001 . Madeira
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