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Documento DOUE-L-1985-80974

Reglamento (CEE) nº 3333/85 del Consejo, de 26 de noviembre de 1985, por el que se amplía el período de vigencia de los Reglamentos (CEE) nº 1893/79 y (CEE) nº 2592/79 relativos al registro en la Comunidad de las importaciones de petróleo crudo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 318, de 29 de noviembre de 1985, páginas 2 a 2 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80974

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 3333/85 DEL CONSEJO

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 103 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que , mediante el Reglamento ( CEE ) n º 1893/79 (1) , cuya última modificación la constituye el Reglamento ( CEE ) n º 110/83 (2) , y que estuvo en vigor hasta el 31 de diciembre de 1985 , el Consejo ha instaurado en la Comunidad el registro de las importaciones de petróleo crudo ;

Considerando que , mediante el Reglamento ( CEE ) n º 2592/79 (3) , cuya última modificación la constituye el Reglamento ( CEE ) n º 110/83 , y que estuvo en vigor hasta el 31 de diciembre de 1985 , el Consejo determinó las normas para efectuar el registro en la Comunidad de las importaciones de petróleo crudo y/o productos petrolíferos , previsto en el Reglamento ( CEE ) n º 1893/79 ;

Considerando que los Estados miembros y la Comisión deben ser informados periódicamente sobre los costes de abastecimiento de petróleo crudo ; que es conveniente , por tanto , mantener el mecanismo de información sobre las importaciones de petróleo crudo ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En el artículo 5 del Reglamento ( CEE ) n º 1893/79 y en el artículo 8 del Reglamento ( CEE ) n º 2592/79 , la fecha de 31 de diciembre de 1985 será sustituida por la de 31 de diciembre de 1988 .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 26 de noviembre de 1985 .

Por el Consejo

El Presidente

J. F. POOS

(1) DO n º L 220 de 30 . 8 . 1979 , p. 1 .

(2) DO n º L 16 de 20 . 1 . 1983 , p. 4 .

(3) DO n º L 297 de 24 . 11 . 1979 , p. 1 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 26/11/1985
  • Fecha de publicación: 29/11/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 29/11/1985
Referencias anteriores
Materias
  • Comercio extracomunitario
  • Importaciones
  • Productos petrolíferos

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