REGLAMENTO ( CEE ) N º 2599/85 DE LA COMISION
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 337/79 del Consejo , de 5 de febrero de 1979 , sobre organización común del mercado vitivinícola (1) , modificado por última vez por el Reglamento ( CEE ) n º 798/85 (2) y , en particular , el apartado 4 de su artículo 31 ,
Considerando que la última clasificación de variedades de vid permitidas para el cultivo en la Comunidad la ha establecido el Reglamento ( CEE ) n º 3800/81 de la Comisión (3) , modificado por última vez por el Reglamento ( CEE ) n º 1871/85 (4) ;
Considerando que la experiencia adquirida demuestra que los vinos de ciertas variedades de vid de uva de vinificación , que figuran desde hace cinco años en la clase de variedades autorizadas , o autorizadas provisionalmente , por ciertas unidades administrativas francesas , pueden considerarse normalmente de buena calidad ; que , por ello , es pertinente clasificar estas variedades entre las variedades recomendadas para esas mismas unidades administrativas de conformidad con las disposiciones del guión segundo de la letra a ) del apartado 2 del artículo 11 del Reglamento ( CEE ) n º 347/79 del Consejo , de 5 de febrero de 1979 , relativo a las normas generales sobre clasificación de las variedades de viña (5) , modificado por última vez por el Acta de adhesión de Grecia ;
Considerando que es conveniente completar la clasificación de las variedades de vid de uva de vinificación añadiendo , entre las unidades recomendadas para ciertas unidades administrativas francesas , ciertas variedades que figuran desde al menos cinco años en la clasificación para una unidad administrativa inmediatamente vecina y que cumplan , por tanto , con la condición establecida en el guión primero de la letra a ) del apartado 1 del artículo 11 del Reglamento ( CEE ) n º 347/79 ;
Considerando que es conveniente completar la clasificación incluyendo dos variedades de vid de uva de vinificación un examen de las cuales ha demostrado que son aptas para el cultivo ; que , con arreglo a las
disposiciones de la letra b ) del apartado 1 del artículo 11 del Reglamento ( CEE ) n º 347/75 , estas variedades pueden autorizarse provisionalmente en el Reino Unido ;
Considerando que la aptitud para el cultivo de una variedad francesa de vid de uva de vinificación no es suficiente ; que , por consiguiente , sería oportuno eliminar esta variedad de la clasificación establecida con arreglo al apartado 3 del artículo 11 del Reglamento ( CEE ) n º 347/79 ;
Considerando que las medidas dispuestas en el presente Reglamento son conformes al dictamen del Comité de gestión del vino ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
El Anexo del Reglamento ( CEE ) n º 3800/81 queda modificado con arreglo a las indicaciones que figuren en el Anexo del presente Reglamento .
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 16 de septiembre de 1985 .
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO n º L 54 de 5 . 3 . 1979 , p. 1 .
(2) DO n º L 89 de 29 . 3 . 1985 , p. 1 .
(3) DO n º L 381 de 31 . 12 . 1981 , p. 1 .
(4) DO n º L 175 de 5 . 7 . 1985 , p. 9 .
(5) DO n º L 54 de 5 . 3 . 1979 , p. 75 .
ANEXO
El Anexo del Reglamento ( CEE ) n º 3800/81 se modificará como sigue :
I . En el Subtítulo I del Título I , el punto « Francia » se modificará como sigue ( Las variedades se intercalarán por orden alfabético en el lugar indicado ) :
4 . Departamento de Alpes de Haute-Provence :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprime la variedad Odola N ( ) .
5 . Departamento de Hautes-Alpes :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
6 . Departamento de Alpes-Maritimes :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
7 . Departamento de Ardèche :
punto A :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) ;
punto B :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprime la variedad Odola N ( ) .
9 . Departamento de Ariège :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades des Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B , Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
11 . Departamento de Aude :
punto A :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirá la variedad Arinarnoa N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) y Odola N ( ) ;
punto B :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadira la variedad Arinarnoa N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) y Odola N ( ) .
12 . Departamento de Aveyron :
- en la clase de variedades de vino recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B ( ) , Perdea B ( ) , Semebat N ( ) y Odola N ( ) .
13 . Departamento de Bouches-du-Rhône :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
15 . Departamento de Cantal :
punto A :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
16 . Departamento de Charente :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
19 . Departamento de Corrèze :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
20 . Departamentos de Haute-Corse y Corse du Sud :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
24 . Departamento de Dordogne :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Colombard B , Liliorila B , Perdea D y Semebat N ,
- en la clase de variedades de viña autorizadas se suprimirán las variedades Colombard B , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
26 . Departamento de Drôme :
punto A :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
punto B :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola
N ( ) .
30 . Departamento de Gard :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
31 . Departamento de Haute-Garonne :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadiran las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ;
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) , Semebat N ( ) ,
32 . Departamento de Gers :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) ,
33 . Departamento de Gironde :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades autorizadas se suprimirán las variedades Liliorila B ( ) , Odola N ( ) y Perdea B ( )
34 . Departamento de Hérault :
Donde dice :
« La misma distribución de variedades que en el departamento de Gard . Además , se recomendará las variedades Servant B ( ) y Arinarnoa N ( ) : »
debe decir :
« La misma distribución de variedades que en el departamento de Gard . Además , se recomendará las variedades Tombat B y Arinarnoa N . Se autoriza la variedad Servant B » :
36 . Departamento de Indra :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
38 . Departamento de Isère :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
40 . Departamento de Landes :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
41 . Departamento de Loir-et-Cher :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
42 . Departamento de Loire :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
44 . Departamento de Loire-Atlantique :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
45 . Departamento de Loiret :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
46 . Departamento de Lot :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semeat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
47 . Departamento de Lot-et-Garonne :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Colombard B , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Colombard B , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
49 . Departamento de Maine-et-Loire :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) :
64 . Departamento de Pyrenées-Atlantique :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
72 . Departamento de Sarthe :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
73 . Departamento de Saboya :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
79 . Departamento de Deux-Sèvres :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
81 . Departamento de Tarn :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola ( ) , Perdea B ( ) y Semebat N ( ) .
82 . Departamento de Tarn-et-Garonne :
- en la clase de variedades de vid recomendadas se añadirán las variedades Arinarnoa N , Liliorila B , Perdea B y Semebat N ,
- en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán las variedades Arinarnoa N ( ) , Liliorila B ( ) , Odola N ( ) , Perdea B ( ) y Semebat ( ) .
83 . Departamento de Var :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
84 . Departamento de Vaucluse :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirán la variedad Odola N ( ) .
85 . Departamento de Vendée :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
86 . Departamento de Vienne :
en la clase de variedades de vid autorizadas se suprimirá la variedad Odola N ( ) .
II . En el Subtítulo I del Título I , el punto « Reino Unido » se modificará como sigue ( Las variedades de vid se intercalarán en el lugar indicado por orden alfabético ) :
en el punto « b ) Variedades de vid autorizadas » se añadirán las variedades Reichensteiner ( ) y Schonburger ( ) .
( ) Variedad incluida en la clasificación a partir del 20 de septiembre de 1985 en aplicación de la letra b ) del apartado 1 del artículo 11 del Reglamento ( CEE ) n º 347/79 .
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