Está Vd. en

Documento DOUE-L-1985-80703

Decisión de la Comisión, de 10 de julio de 1985, por la que se modifica la Decisión 82/736/CEE del Consejo por lo que respecta a la relación de establecimientos de Suecia autorizados para la exportación de carnes frescas a la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 224, de 22 de agosto de 1985, páginas 28 a 31 (4 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80703

TEXTO ORIGINAL

( 85/387/CEE )

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , relativa a los problemas sanitarios y de control sanitario en la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) , y en particular el apartado 1 del artículo 4 y el apartado 1

del artículo 18 ,

Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo , de 21 de diciembre de 1976 , relativa al examen de triquinas en las importaciones de carnes frescas de animales domésticos de la especie porcina procedentes de terceros países (3) ; modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) , y en particular su artículo 4 ,

Considerando que la Decisión 82/736/CEE del Consejo (5) , modificada en último lugar por la Decisión 85/39/CEE de la Comisión (6) , ha establecido inicialmente la relación de establecimientos de Suecia autorizados para la exportación de carnes frescas a la Comunidad ;

Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión , de 8 de abril de 1983 , relativa a los controles in situ efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (7) , ha permitido apreciar que el nivel de higiene de ciertos establecimientos ha experimentado cambios en comparación con la inspección anterior ;

Considerando que esta misma inspección ha mostrado que algunos establecimientos cumplen las condiciones del artículo 2 de la Directiva 77/96/CEE ; que , por tanto , puede autorizarse en ellos la ejecución del examen destinado a establecer la presencia de triquinas en las carnes frescas de porcino ;

Considerando que es necesario modificar en consecuencia la relación de establecimientos ;

Considerando que las medidas establecidas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente ;

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

Se sustituirá el Anexo de la Decisión 82/736/CEE por el Anexo de la presente Decisión .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 10 de julio de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 28 .

(2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 .

(3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 .

(4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 .

(5) DO n º L 311 de 8 . 11 . 1982 , p. 18 .

(6) DO n º L 6 de 19 . 1 . 1985 , p. 43 .

(7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 .

ANEXO

RELACION DE ESTABLECIMIENTOS DE LOS QUE SE AUTORIZAN SIN LIMITE DE TIEMPO LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS

Número de autorización Establecimiento Dirección

I . CARNE DE BOVINO

A . Mataderos y salas de despiece

51-462 Scan KLS Kalmar

62-298 Scan Vaest Varberg

78-294 Farmek Visby

80-279 Kristianstad-Blekinge slakterifoerening Kristianstad

93-422 Joenkoepings laens slakterifoerening Saevsjoe

B . Mataderos

7 Helsingborgs off. slakthus Helsingborg

44 Kronobergs laens slakterifoerening Alvesta

81 Scan Vaest Skara

82 A. J. Dahlbergs Slakteri AB Bralanda

C . Salas de despiece

203 Meat Master AB Svaloev

237 Gunnar Dafgaard AB Kaellby

292 Arne Persson Livs AB Helsingborg

296 Fyra Styckare AB Johanneshov

444 Styckmastaren KB Vaestervik

487 Rimfo AB Johanneshov

II . CARNE DE PORCINO (1)

A . Mataderos y salas de despiece

51-462 T Scan KLS Kalmar

52-283 T Skanek Tomelilla

56-288 T Skanek Halmstad

62-298 T Scan Vaest Varberg

78-294 T Farmek Visby

80-279 T Kristianstad-Blekinge slakterifoerening Kristianstad

B . Mataderos

7 T Helsingborgs off. slakthus Helsingborg

44 T Kronobergs laens slakterifoerening Alvesta

65 T Esloevs Slakteri AB Esloev

75 T Broederna Gustavssons Slakteri AB Lovene

81 T Scan Vaest Skara

82 T A. J. Dahlbergs Slakteri AB Bralanda

93 T Joenkoepings laens slakterifoerening Saevsjoe

(1) Los establecimientos en los que figura la mención T están autorizados , a efectos del artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , a ejecutar el examen preventivo de determinación de triquinas establecido en el artículo 2 de dicha Directiva .

Número de autorización Establecimiento Dirección

C . Salas de despiece

203 Meat Master AB Svarloev

208 Gubbanges Koett och Flaesk Johanneshov

237 Gunnar Dafgaard AB Kaellby

240 AB Lords Livsmedel Helsingborg

292 Arne Persson Livs AB Helsingborg

296 Fyra Styckare AB Johanneshov

299 AB Primefood Ystad

417 Apes Slakteri AB Johanneshov

461 AB Samfod Malmoe

481 Maertensson AB Johanneshov

487 Rimfo AB Johanneshov

III . ALMACENES FRIGORIFICOS

( Unicamente carnes congeladas y embaladas )

244 Ystads Fryshus AB Ystad

248 Frigoscandia Helsingborg

253 Frigoscandia Johanneshov

255 Vaestsvenska Kylhus AB Goeteborg

259 AB Stockholms Kylhus Stockholm

402 Frigoscandia Goeteborg

439 Frigoscandia Staffanstorp

447 Scan KLS Kalmar

450 AB Empaco AAhus

452 Skara Fryshus AB Skara

454 Syd Frys AB Moerarp

455 AB Kristianstads Fryshus Kristianstad

469 Cold Stores i Esloev AB Esloev

470 AB Stockholms Kylhus Handen

482 Frigoscandia Jordbro

485 AB Gotlandsfrysen Visby

RELACION DE ESTABLECIMIENTOS DE LOS QUE SOLO SE PUEDE INTRODUCIR CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD HASTA UNA FECHA DETERMINADA

Número de autorización Establecimiento Dirección

I . CARNE DE BOVINO

Matadero y sala de despiece

108-404 (1) Lindahls Slakteri AB Aneby

(1) Hasta el 26 de julio de 1985 .

Número de autorización Establecimiento Dirección

II . CARNE DE PORCINO (1)

Matadero y sala de despiece

108-404 (2) Lindahls Slakteri AB Aneby

Matadero

66 T (3) Broederna Karlssons Vara

Slakteri AB

(1) Los establecimientos en los que figura la mención T están autorizados , a efectos del artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , a ejecutar el examen preventivo de determinación de triquinas establecido en el artículo 2 de dicha Directiva .

(2) Hasta el 26 de julio de 1985 .

(3) Hasta el 15 de enero de 1986 .

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/07/1985
  • Fecha de publicación: 22/08/1985
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo de la Decisión 82/736, de 18 de octubre (Ref. DOUE-L-1982-80437).
  • CITA en Anexo Directiva 77/96, de 21 de diciembre de 1976 (Ref. DOUE-L-1977-80015).
Materias
  • Almacenes
  • Carnes
  • Exportaciones
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Importaciones
  • Mataderos
  • Suecia

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid