Está Vd. en

Documento DOUE-L-1985-80003

Directiva del Consejo, de 19 de diciembre de 1984, por la que se modifica por tercera vez la Directiva 74/329/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los agentes emulsionantes, estabilizantes, espesantes y gelificantes que pueden emplearse en los productos alimenticios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 2, de 3 de enero de 1985, páginas 21 a 21 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80003

TEXTO ORIGINAL

( 85/6/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 100 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que el apartado 1 del artículo 3 de la Directiva 74/329/CEE (1) , modificada en último lugar por la Directiva 80/597/CEE (2) , prevé que los Estados miembros puedan autorizar el empleo de las substancias mencionadas en su Anexo II hasta el 31 de diciembre de 1984 ;

Considerando que la Comisión ha presentado una propuesta para modificar dicha Directiva ;

Considerando que , entretanto , resulta necesario prorrogar , con carácter transitorio , la citada facultad ;

Considerando que esta medida no implica , en uno o varios Estados miembros , ninguna modificación de las disposiciones legales , reglamentarias o administrativas ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

En el apartado 1 del artículo 3 de la Directiva 74/329/CEE , la fecha de 31 de diciembre de 1984 será reemplazada por la de 30 de septiembre de 1985 .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 19 de diciembre de 1984 .

Por el Consejo

El Presidente

P. O'TOOLE

(1) DO n º L 189 de 12 . 7 . 1974 , p. 1 .

(2) DO n º L 155 de 23 . 6 . 1980 , p. 23 .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 19/12/1984
  • Fecha de publicación: 03/01/1985
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 95/2, de 20 de febrero (Ref. DOUE-L-1995-80242).
  • Fecha de derogación: 25/03/1995
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3.1 de la Directiva 74/329, de 18 de junio (Ref. DOUE-L-1974-80101).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Armonización de legislaciones
  • Comités consultivos
  • Embalajes
  • Etiquetas
  • Productos alimenticios
  • Sanidad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid