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Documento DOUE-L-1984-80480

Quinta Directiva de la Comisión, de 18 de julio de 1984, por la que se adaptan al progreso técnico los Anexos II, III, IV, V y VI de la Directiva 76/768/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 228, de 25 de agosto de 1984, páginas 31 a 33 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80480

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 76/768/CEE del Consejo , de 27 de julio de 1976 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos (1) , cuya última modificación la constituye la Directiva 83/574/CEE (2) , y , en particular , el apartado 2 de su artículo 8 ,

Considerando que , con vistas a la protección de la salud pública , conviene prohibir en los productos cosméticos el uso del ácido aristolóquico ( ácido 8-metoxi-3,4-metilendioxi-10-nitrofenantreno- 1-carboxílico ) y de sus sales así como todas las especies de Veratrum ;

Considerando que , de acuerdo con las últimas investigaciones científicas y técnicas , pueden admitirse en los productos cosméticos , con determinadas restricciones y condiciones , el uso del agua oxigenada en los preparados para el cuidado de la piel y en los preparados para endurecer las uñas , el uso de la hidroquinona como agente de blanqueo localizado de la piel el uso del fluorhidrato de nicometanol en los productos para la higiene bucal y que el uso del nitrato de plata puede admitirse definitivamente para el teñido

de las pestañas y las cejas ;

Considerando que el éster monoglicérico del ácido para-amino-benzoico es un filtro ultravioleta indicado en el n º 4 de la segunda parte del Anexo VII y , por ello , puede suprimirse del n º 2 de la primera parte del Anexo IV de la Directiva 76/768/CEE ;

Considerando que los agentes conservantes 56 y 57 que aparecen en la segunda parte del anexo VI de la Directiva 76/768/CEE también se añaden a los productos cosméticos para otros usos específicos ;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se atienen al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de las directivas dirigidas a la supresión de los obstáculos técnicos a los intercambios en el sector de los productos cosméticos ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

La Directiva 76/768/CEE quedará modificada como sigue :

1 . En el Anexo II

- el número 333 será sustituído por :

« 333 . Veratrum spp. y sus preparados »

- se añadirá el número siguiente

« 365 . Acido aristolóquico y sus sales »

2 . En la primera parte del Anexo III

- los números de orden 12 y 14 serán modificados como sigue :

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 50

- se añadirán los números de orden siguientes :

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 50

3 . En la primera parte del Anexo IV se suprimirán los números de orden 2 y 6 .

4 . En el Anexo V , se suprimirá el número de orden 11 .

5 . En la segunda parte del Anexo VI se añadirá el símbolo ( + ) en la columna b ) después del nombre de las sustancias que llevan los números de orden 56 y 57 .

Artículo 2

Los Estados miembros aplicarán las disposiciones legales , reglamentarias o administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva a más tardar el 31 de diciembre de 1985 e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 18 de julio de 1984 .

Por la Comisión

Karl-Heinz NARJES

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 262 de 27 . 9 . 1976 , p. 169 .

(2) DO n º L 332 de 28 . 11 . 1983 , p. 38 .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 18/07/1984
  • Fecha de publicación: 25/08/1984
  • Cumplimiento a más tardar el 31 de diciembre de 1985.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos II a VI de la Directiva 76/768, de 27 de julio (Ref. DOUE-L-1976-80249).
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • Comercialización
  • Comités consultivos
  • Cosméticos
  • Embalajes
  • Envases
  • Etiquetas
  • Normas de calidad

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