LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) nº 856/84 (2), y, en particular, el apartado 4 del artículo 26,
Considerando que el artículo 11 del Reglamento (CEE) nº 2167/83 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) nº 2603/83 (4), prevé que para el año escolar 1983/1984 los Estados miembros puedan apartarse de determinadas disposiciones de gestión y de control previstas en dicho Reglamento, siempre que prevean garantías equivalentes a dichas disposiciones y que informen de ello a la Comisión;
Considerando que, tras la experiencia adquirida, se advierte la necesidad de prorrogar un año dicha posibilidad de excepción;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El artículo 11 del Reglamento (CEE) nº 2167/83 se sustituirá por el texto siguiente:
"Artículo 11
Durante el año escolar 1984/85 los Estados miembros podrán apartarse de las disposiciones del apartado 2 del artículo 5 y de los artículos 6 y 7, siempre que prevean medidas que den garantías equivalentes a las disposiciones de dichos artículos y que comuniquen dichas medidas a la Comisión antes del 1 de octubre de 1984".
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 1 de agosto de 1984.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 17 de abril de 1984.
Por la Comisión
Poul DALSAGER
Miembro de la Comisión
(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.
(2) DO nº L 90 de 1. 4. 1984, p. 10.
(3) DO nº L 206 de 30. 7. 1983, p. 75.
(4) DO nº L 258 de 17. 9. 1983, p. 16.
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