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Documento DOUE-L-1984-80187

Reglamento (CEE) nº 985/84 del Consejo, de 31 de marzo de 1984, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1035/72 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 103, de 16 de abril de 1984, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80187

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 985/84 DEL CONSEJO

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 43 ,

Vista la propuesta de la Comisión (1) ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) .

Considerando que el artículo 21 del Reglamento ( CEE ) n º 1035/72 (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2004/83 (4) , prevé la transformación de las frutas y hortalizas retiradas del mercado con vistas a la distribución gratuita de los productos obtenidos de dicha transformación ;

Considerando que los costes de transformación , en particular en zumos , provocan gastos de un nivel excesivo con respecto al objetivo pretendido de utilizar del mejor modo posible los productos retirados del mercado ;

Considerando , por consiguiente , que en conveniente suprimir la posibilidad

de transformar , con vistas a su distribución gratuita , los productos retirados del mercado ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Se suprime el quinto guión de la letra a ) del apartado 1 del artículo 21 del Reglamento ( CEE ) n º 1035/72 .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será aplicable a partir del comienzo de la campaña 1984/85 para cada producto .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 31 de marzo de 1984 .

Por el Consejo

El Presidente

M. ROCARD

(1) DO n º C 301 de 8 . 11 . 1983 , p. 4 .

(2) Dictamen emitido el 15 de marzo de 1984 ( no publicado aún en el Diario Oficial ) .

(3) DO n º L 118 de 20 . 5 . 1972 , p. 1 .

(4) DO n º L 198 de 21 . 7 . 1983 , p. 2 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 31/03/1984
  • Fecha de publicación: 16/04/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 19/04/1984
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 21.1 del Reglamento 1035/72, de 18 de mayo (Ref. DOUE-L-1972-80056).
Materias
  • Comercialización
  • Comercio extracomunitario
  • Comités consultivos
  • Frutos
  • Normas de calidad
  • Organización Común de Mercado
  • Precios
  • Productos hortícolas

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