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Documento DOUE-L-1980-80064

Reglamento (CEE) nº 456/80 del Consejo, de 18 de febrero de 1980, relativo a la concesión de primas por abandono temporal y por abandono definitivo de determinadas superficies plantadas de vid y de primas por renuncia a la replantación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 57, de 29 de febrero de 1980, páginas 16 a 22 (7 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1980-80064

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/02/1980
  • Fecha de publicación: 29/02/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 01/03/1980
  • Aplicable desde El 1 de septiembre de 1980, con las salvedades indicadas.
  • Fecha de derogación: 21/07/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Reglamento 1493/99, de 17 de mayo (Ref. DOUE-L-1999-81408).
  • SE SUPRIME el primer Guion del art. 1.3 y se modifican el art. 12.1, por Reglamento 1597/83, de 14 de junio (Ref. DOUE-L-1983-80261).
  • SE MODIFICA el art. 3.2, por Reglamento 607/82, de 16 de marzo (Ref. DOUE-L-1982-80089).
  • SE SUSTITUYE el art. 18, por Reglamento 1993/80, de 22 de julio (Ref. DOUE-L-1980-80275).
Referencias anteriores
Materias
  • Feoga Orientación
  • Primas
  • Viñedos

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