REGLAMENTO ( EURATOM , CECA , CEE ) N 2532/72 DEL CONSEJO
de 4 diciembre de 1972
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado por el que se constituye un Consejo unico y una Comision unica de las Comunidades Europeas y , en particular , el apartado primero de su articulo 28 ,
Visto el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades y , en particular , sus articulos 16 y 22 ,
Vista la propuesta de la Comision ,
Visto el dictamen del Parlamento europeo ,
Visto el dictamen del Tribunal de Justicia ,
Considerando que es necesario modificar el Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 549/69 del Consejo , de 25 de marzo de 1969 , por el que se determinan las categorias de funcionarios y agentes de las Comnidades Europeas a las que se aplicaran las disposiciones del articulo 12 , del parrafo segundo del articulo 13 y del articulo 14 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades ( 1 ) , con objeto de tener en cuenta el Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 2530/72 , por el que se establecen medidas particulares y temporales relativas al reclutamiento de funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesion de nuevos Estados miembros , asi como al cese definitivo de funcionarios de estas Comunidades ( 2 ) ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
En el articulo 2 del Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 549/69 , se anadiran un parrafo d ) y un parrafo e ) redactados de la siguiente forma :
" d ) los beneficiarios de la indemnizacion dispuesta para el caso de cese definitivo de funciones en el articulo 3 del Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 2530/72 ;
e ) los beneficiarios de la asignacion dispuesta para el caso de cese definitivo de funciones en el articulo 4 del Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 2530/72 . "
Articulo 2
El presente Reglamento entrara en vigor el 7 de diciembre de 1972 .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 4 de diciembre de 1982 .
Por el Consejo
El Presidente
N . SCHMELZER
( 1 ) DO n L 74 de 27 . 3 . 1969 , p . 1 .
( 2 ) DO n L 272 de 5 . 12 . 1972 , p . 1 .
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid