LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece la organizacion , comun de mercados en el sector de la leche y de los productos lacteos (1) y , en particular , el apartado 4 del articulo 17 ,
Considerando que el Reglamento ( CEE ) n 1098/68 de la Comision del 27 de julio de 1968 , que establece las modalidades de aplicacion de las restituciones a la exportacion en el sector de la leche y de los productos lacteos (2) , modificado en ultimo lugar por el Reglamento ( CEE ) n 849/69 (3) , indica en el Anexo determinadas zonas de destino que pueden ser retenidas en el momento de la fijacion de las restituciones ; que resulta necesario indicar dichas zonas de forma mas detallada para facilitar la aplicacion del Reglamento de que se trate ;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestion de la leche y de los productos lacteos ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
El Anexo del Reglamento ( CEE ) n 1098/68 se sustituira por el Anexo del presente Reglamento .
Articulo 2
El presente Reglamento entrara en vigor el 19 de julio de 1969 .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 15 de julio de 1969 .
Por la Comision
El Presidente
Jean REY
(1) DO n L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 13 .
(2) DO n L 184 de 29 . 7 . 1968 , p. 10 .
(3) DO n L 109 de 8 . 5 . 1969 , p. 7 .
ANEXO
ZONA A
Burundi
Camerun
Congo ( Brazzaville )
Congo ( Kinshasa )
Costa de Marfil
Dahomey
Gabon
Guinea
Alto Volta
Mali
Mauritania
Niger
Republica Centroafricana
Republica Malgache
Rwanda
Senegal
Chad
Territorios de los Afares y los Issas
Togo
ZONA B
México , paises de América Central y del Sur , las islas de los océanos Pacifico y Atlantico delimitadas por el meridiano oeste 30 y - 120 y el paralelo norte 30 , asi como las islas Fernando de Noronha ( Penones de Sao Pedro y Sao Paulo y atolon de las Rocas ) , Trinidad , Martin-Vas y las islas Sandwich del Sur .
ZONA C
Paises asiaticos al este de Iran , incluida la URSS asiatica y las islas de los océanos Indico y Pacifico situadas entre el meridiano este 60 y el meridiano 180 , excluidos Australia , Nueva Zelanda y Japon .
ZONA D
Territorio espanol de la Peninsula Ibérica y las islas Baleares .
ZONA E
Territorios del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte ( incluidas la isla de Man y las islas anglo-normandas ) , situados en Europa , excluido Gibraltar .
ZONA F
Territorios de los Estados Unidos de América situados en el continente
americano , asi como las islas Hawai .
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