Advertido error en el punto 8 de la Ley 17/2018, de 11 de julio, dela Generalitat, de modificación de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre,de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organizaciónde la Generalitat, en conformidad con el apartado undécimo del Catálogo de procedimientos para la corrección parlamentaria de los errores y erratas que se produzcan en las fases del procedimiento legislativo o en la publicación de las leyes aprobadas por las Corts Valencianes (AM 1.537/IX, 30.03.2017), procede efectuar la correcciónsiguiente tanto en la versión en valenciano como en la versión en castellano de la ley, en los siguientes términos:
«8) Se modifica la disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta
El devengo del impuesto sobre eliminación de residuos en vertederose incineración, coincineración y valorización energética, referido ala realización del hecho imponible sobre vertedero, incineración, coincineracióno valorización energética, se producirá a partir del 1 de juliode 2018»;
«8) Se modifica la disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta
El devengo del impuesto sobre eliminación de residuos en vertederose incineración, coincineración y valorización energética, referido ala realización del hecho imponible sobre vertedero, incineración, coincineracióno valorización energética, se producirá a partir del 1 de juliode 2018».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid