Advertidos errores materiales en la publicación de los textos de las Leyes del Principado de Asturias, 5/2008, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2009 y 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009 (BOPA n.º 302, de 31-XII-2008), procede su rectificación en el siguiente sentido:
En el sumario, donde dice:
“Ley del Principado de Asturias 5/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2009.
(Se incluye en suplemento)
Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009.”
Debe decir:
“Ley del Principado de Asturias 5/2008, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2009.
(Se incluye en suplemento)
Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009.” En la página 641, en la segunda columna en el apartado uno del artículo 13, donde dice:
“b) Por la adquisición de discos compactos (CD):
Suscripción durante el año natural 61,17 euros.
Por cada unidad de CD de cada 15,29 euros.”
Debe decir:
“b) Por la adquisición de discos compactos (CD):
Suscripción durante el año natural 61,17 euros.
Por cada unidad de CD de cada trimestre natural 15,29 euros.”
Oviedo, a 7 de enero de 2009.— La Secretaria General Técnica.—
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