Advertido error en la Sentencia núm. 38/2007, de 15 de febrero de 2007, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 63, de 14 de marzo de 2007, se transcribe a continuación la oportuna corrección:
En la página 100, segunda columna, último párrafo, donde dice «A los efectos del control abstracto de constitucionalidad que ahora nos corresponde»; debe decir: «A los efectos del control de constitucionalidad que ahora nos corresponde».
En la página 102, segunda columna, párrafo segundo, donde dice «No es momento de analizar aquí, en el control abstracto de constitucionalidad que»; debe decir: «No es momento de analizar aquí, en el control de constitucionalidad que». En la página 103, fundamento jurídico 14, línea veinte, donde dice «control abstracto de constitucionalidad que reviste, en su resolución, el presente proceso»; debe decir: «control de constitucionalidad que reviste, en su resolución, el presente proceso».
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