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Documento BOE-T-2004-11652

Corrección de errores en el texto de las Sentencias del Tribunal Constitucional dictadas en el tercer cuatrimestre de 2001 y publicadas en los suplementos al "Boletín Oficial del Estado".

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 23 de junio de 2004, páginas 28 a 30 (3 págs.)
Sección:
T.C. Suplemento del Tribunal Constitucional
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-T-2004-11652

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 178, de 17 de septiembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 17, primera columna, último párrafo, última línea y primera de la segunda columna, donde dice: «Ley 7/1988, de 28 de diciembre», debe decir: «Ley Orgánica 7/1988, de 28 de diciembre».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 180, de 17 de septiembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 251, de 17 de septiembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 26, primera columna, cuarto párrafo, líneas 7 y 8, donde dice: «la Orden del Ministerio de Justicia de 22 de marzo de 1938», debe decir: «la Orden del Ministerio de Justicia de 23 de marzo de 1938».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 182, de 17 de septiembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 2, primera columna, sexto párrafo, primera línea, y en la pág. 31, primera columna, primer párrafo, primera línea, donde dice: «Sala Segunda. Sentencia 182/2000, de 17 de septiembre», debe decir: «Sala Segunda. Sentencia 182/2001, de 17 de septiembre».

En la pág. 2, segunda columna, quinto párrafo, primera línea, y en la pág. 51, segunda columna, undécimo párrafo, primera línea, donde dice: «Sala Segunda. Sentencia 186/2000, de 17 de septiembre», debe decir: «Sala Segunda. Sentencia 186/2001, de 17 de septiembre».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 183, de 17 de septiembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 38, segunda columna, quinto párrafo, línea 5, donde dice: «los arts. 53.2 y 161.b CE y 41.1 LOTC», debe decir: «los arts. 53.2 y 161.1 b) CE y 41.1 LOTC».

En la pág. 39, primera columna, cuarto párrafo, línea 15, donde dice: «en el art. 6 de la ley 1/98, de 10 de enero,» debe decir: «en el art. 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero,».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 184, de 17 de septiembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 45, segunda columna, cuarto párrafo, línea 12 y s., donde dice: «STEDH, de 22 de febrero de 1989, caso Barfrod)», debe decir: «STEDH, de 22 de febrero de 1989, caso Barfod)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 198, de 4 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 266, de 6 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 49, primera columna, primer párrafo, línea 15 y s., donde dice: «y del art. 4 de la Ley Orgánica 2/1996, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad», debe decir: «y del art. 4 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 200, de 4 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 266, de 6 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 59, primera columna, segundo párrafo, línea 18 y s., donde dice: «el 19 de marzo de 1993, ratificado por España el 27 de marzo de 1995», debe decir: «el 29 de mayo de 1993, ratificado por España por Instrumento de 30 de junio de 1995».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 202, de 15 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 9, segunda columna, séptimo párrafo, línea 16 y ss., donde dice: «‒Sentencia de 24 de abril de 1990‒,Haldford ‒Sentencia de 25 de marzo de 1998‒, Klopp ‒Sentencia de 25 de marzo de 1998‒», debe decir: «‒Sentencia de 24 de abril de 1990‒, Halford ‒Sentencia de 25 de junio de 1997‒, Kopp ‒Sentencia de 25 de marzo de 1998‒».

En la pág. 10, segunda columna, tercer párrafo, línea 24, donde dice: «5 de junio de 1992 -caso Lüdi)», debe decir: «15 de junio de 1992 -caso Lüdi)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 204, de 15 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 27, primera columna, primer párrafo, línea 14 y ss., donde dice: «en la STEDH caso Lingen, de 8 de julio de 1986, se dijo que el contexto puede justificar la réplica, § 47, consideración que fue reiterada en las posteriores SSTEDH caso Aksay, de 10 de octubre de 2000, y caso Tammen, de 6 de febrero de 2001)», debe decir: «en la STEDH caso Lingens, de 8 de julio de 1986, se dijo que el contexto puede justificar la réplica, § 47, consideración que fue reiterada en las posteriores SSTEDH caso Aksoy, de 10 de octubre de 2000, y caso Tammer, de 6 de febrero de 2001)».

En la pág. 27, segunda columna, primer párrafo, línea 33 y s., donde dice: «caso Praeger y Oberschlick, de 26 de abril de 1995», debe decir: «caso Prager y Oberschlick, de 26 de abril de 1995».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 205, de 15 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 32, segunda columna, quinto párrafo, línea 5 y s., donde dice: «(Sentencia Ruiz Torrijos c. España e Hiro Balani c. España, de 9 de diciembre de 1994)», debe decir: «(Sentencias Ruiz Torija c. España e Hiro Balani c. España, de 9 de diciembre de 1994)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 206, de 22 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 48, primera columna, tercer párrafo, línea 9, donde dice: «ex art. 149.1.1.10 CE», debe decir: «ex art. 149.1.10 CE».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 207, de 22 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 56, primera columna, segundo párrafo, líneas 7 y 8, donde dice: «por esa vía en el valoración», debe decir: «por esa vía en la valoración».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 209, de 22 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 63, primera columna, cuarto párrafo, línea 22, donde dice: «y de 21 de abril de 1991, caso Ach, § 27)», debe decir: «y de 26 de abril de 1991, caso Asch, § 27)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 215, de 29 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 37, segunda columna, quinto párrafo, línea 5 y ss., donde dice: «‒Juzgados y Magistrados en que se integran‒ ex art. 197.1 y 3 CE)», debe decir: «‒Juzgados y Magistrados en que se integran‒ exart. 117.1 y 3 CE)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 218, de 31 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 62, primera columna, segundo párrafo, línea 23 y ss., donde dice: «lo cual impedía violación de uno de los principios básicos», debe decir: «lo cual implica violación de uno de los principios básicos».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 219, de 31 de octubre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 70, primera columna, segundo párrafo, línea 8, donde dice: «aprobadas por la Ley 85/1978, de 18 de diciembre», debe decir: «aprobadas por la Ley 85/1978, de 28 de diciembre».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 234, de 13 de diciembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 14, de 16 de enero de 2002, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 14, primera columna, segundo párrafo, línea 32, donde dice: «del art. 129.2 del Real Decreto 2524/1980», debe decir: «del art. 129.2 del Real Decreto 2554/1980».

En la pág. 14, primera columna, tercer párrafo, línea 1 y s., donde dice: «la Ley 45/1985, de 18 de diciembre, de impuestos especiales», debe decir: «la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, de impuestos especiales».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 235, de 13 de diciembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 14, de 16 de enero de 2002, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 27, primera columna, quinto párrafo, línea 3., donde dice: «LOFCS no recoge a los citados arts. 11.1 f) y h) y 12.A e)», debe decir: «LOFCS no recoge a los citados arts. 11.1 f) y h) y 12.1.A e)».

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 237, de 18 de diciembre de 2001, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 14, de 16 de enero de 2001, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la pág. 41, segunda columna, segundo párrafo, línea 3 y ss., donde dice: «(sintetizada en las recientes resoluciones de 29 de septiembre de 1997, caso Robins, y de 21 de abril de 1998, caso Estima Jorge)», debe decir: «(sintetizada en las recientes resoluciones de 23 de septiembre de 1997, caso Robins, y de 21 de abril de 1998, caso Estima Jorge)».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/06/2004
Referencias anteriores
Materias
  • Adopción
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Clases Pasivas
  • Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Drogas
  • Estupefacientes
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuestos Especiales
  • Pensiones
  • Productos químicos
  • Recursos de inconstitucionalidad

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