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Documento BOE-T-1996-23128

Corrección de errores en el texto de la Sentencia número 118/1996, de 27 de junio, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al "Boletín Oficial del Estado" número 182, de 29 de julio de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 1996, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Sección:
T.C. Suplemento del Tribunal Constitucional
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-T-1996-23128

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 118, de 27 de junio de 1996, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 182, de 29 de julio de 1996, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

En la página 58, segunda columna, primer párrafo, línea 3, donde dice: «Cantabria; art. 8.5 E.A. La Rioja», debe decir: «Cantabria; art. 8.1.5 E.A. La Rioja».

Ídem linea 5, donde dice: «art. 35.1 b) E.A. Aragón; art. 31 d) E.A. Castilla-La», debe decir: «art. 35.1.6 E.A. Aragón; art. 31.1 d) E.A. Castilla-La».

Ídem líneas 6 y 7, donde dice: «Canarias; art. 49 f) LORAFNA; art. 7.4 E.A. Extremadura;», debe decir: «Canarias; art. 49.1 f) LORAFNA; art. 7.1.4 E.A. Extremadura;».

En la pág. 59, segunda columna, quinto párrafo, línea 1, donde dice: «Capítulo Segundo de la L.O.T.T. bajo la», debe decir: «Capítulo Segundo del Título Preliminar de la L.O.T.T. bajo la».

En la página 66, segunda columna, tercer párrafo, línea 2, donde dice: «Arts. 71.2, 72.2, 75.3,», debe decir: «Arts. 71.2, 72.1.2, 75.3,».

En la página 89, segunda columna, quinto párrafo, línea 10, donde dice: «el núm. 1 de art. 131,», debe decir: «el núm. 1 del art. 133,».

En la página 71, segunda columna, tercer párrafo, línea 3, donde dice: «del Capítulo Quinto (La», debe decir: «del Capítulo Quinto del Título VI (La».

En la página 73, primera columna, cuarto párrafo, línea 15, donde dice: «apartado 5 de la L.O.T.T. es», debe decir: «apartado 4 de la L.O.T.T. es».

En la página 75, segunda columna, tercer párrafo, línea 4, donde dice: «(Ley 5/1987), sólo», debe decir: «(L.O. 5/1987), sólo».

En la página 79, primera columna, tercer párrafo, línea 5, donde dice: «sobre el art. 24 LOTT,», debe decir: «sobre el art. 124 L.O.T.T.,».

Ídem quinto párrafo, línea 2, donde dice: «(arts. 127 a 152) de la», debe decir: «(arts. 127 a 132) de la».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/10/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Sentencia 118/1996, de 27 de junio (Ref. BOE-T-1996-17381).
Materias
  • Agencias de transportes
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Delegación de atribuciones
  • Ferrocarriles
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Ferrocarriles metropolitanos
  • Ministerio de Fomento
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Red Nacional Integrada de Transporte Ferroviario
  • RENFE
  • Transportes terrestres
  • Trolebuses
  • Turismo
  • Vehículos de motor

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