Advertidos errores en el texto de las sentencias del Tribunal Constitucional publicadas en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 49, de 26 de febrero de 1982, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 2, primera columna, párrafo noveno, línea octava, donde dice: unidad económica nacional, entendiendo no», debe decir: «unidad económica nacional, entendido no».
En la página 4, segunda columna, párrafo séptimo, línea decimoquinta, donde dice: «Comunidad Económica», debe decir: C.E.».
En la página 10, primera columna: párrafo segundo, línea séptima, donde dice: «declarada probados», debe decir; «declara probados».
En la página 13, primera columna, párrafo primero, línea séptima, donde dice: «aplicable el artículo 749», debe decir: «aplicable al artículo 749».
En la página 13, segunda columna, párrafo quinto, línea decimocuarta, donde dice: «expediente (antecedente d), de forma tal que una parte del considerando», debe decir: «expediente para constituir la base fáctica de que parte el Considerando».
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