Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso de estabilización de empleo temporal de la Escala de Farmacéuticos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, convocado por Resolución de la Subsecretaría de Sanidad, de 19 de marzo de 2024 (BOE de 1 de abril), dando cumplimiento al artículo 4 del Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y se modifica el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), y en el apartado decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), esta Subsecretaría, resuelve:
Aprobar las listas provisionales de las personas aspirantes admitidas y excluidas y publicar la lista provisional de excluidas al citado proceso selectivo. Dichas listas se expondrán en la página web del Ministerio de Sanidad https://www.sanidad.gob.es y en el punto de acceso general https://www.administracion.gob.es.
La lista provisional de personas excluidas, con expresión de las causas de exclusión, se publica como anexo de la presente resolución.
Tanto las personas opositoras excluidas como las omitidas por no figurar en la lista de admitidas ni en la de excluidas, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Dicha subsanación deberá efectuarse, al igual que la solicitud inicial, a través del Punto de Acceso General https://www.administracion.gob.es/PAG/ips. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
En todo caso, y con el fin de evitar errores, las personas interesadas deberán comprobar no solo la relación de personas aspirantes excluidas, sino también la relación de admitidas al proceso selectivo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Conforme la base específica 4.1 de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal de la Escala de Farmacéuticos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, el plazo para la presentación de la documentación acreditativa de la fase de concurso se publicará finalizado el plazo de subsanación en los lugares indicados en la base específica 7 de dicha resolución.
Madrid, 7 de mayo de 2024.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.
Relación provisional de personas aspirantes excluidas
Cupo: General. Turno: Estabilización
DNI | Apellidos y nombre | Causa de exclusión |
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***9042** | AYUSO OLMEDO, VIRGINIA. | 1, 2 |
***8543** | LABARTA MARQUES, XAVIER. | 1 |
***5323** | LOPEZ OLMO, ELENA ISABEL. | 1, 2 |
Causas de exclusión
Instrucciones para la subsanación de solicitudes
La subsanación de la solicitud se realizará a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es/PAG/ips) en la pestaña «Subsanación» de la correspondiente convocatoria.
Código | Especificación de la causa | Forma de subsanarlo | |
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1 | No tiene o no acredita rentas inferiores al salario mínimo interprofesional. A estos efectos se valorarán las rentas percibidas por las personas interesadas durante el ejercicio 2022. | Se acreditará la causa de exención del pago o, en caso contrario, se procederá al pago de la tasa. | |
2 | No ha sido posible la verificación de los datos en la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones públicas. | Se acreditará la causa de exención del pago o, en caso contrario, se procederá al pago de la tasa. |
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