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Documento BOE-A-2024-7793

Resolución de 11 de abril de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 2023, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 18 de abril de 2024, páginas 43827 a 43828 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-7793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/04/11/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC) y se aprueba su Estatuto, estructura la organización del Consejo, en el marco de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos –ahora conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, según lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021–, en una serie de órganos de gobierno, órganos directivos y órganos colegiados de apoyo, procediendo a distribuir entre ellos las funciones de la Agencia, si bien la titularidad de las diversas competencias administrativas en materia de contratación, gestión patrimonial, recursos humanos y gestión económica y presupuestaria, indispensables para su desarrollo, se atribuyen por el Estatuto de forma expresa o con carácter residual a la Presidencia de la Agencia y, con carácter general por la normativa sectorial, a la Presidencia o Dirección de los Organismos Públicos.

El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, prevé que los órganos de las diferentes Administraciones públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes.

En esa misma línea, el artículo 11.3 del Estatuto del CSIC prevé que la persona titular de la Presidencia de la Agencia pueda delegar en los titulares de las Vicepresidencias, en la persona titular de la Secretaría General, y en los demás órganos dependientes, las funciones propias que estime oportunas, a excepción de las previstas en los párrafos f), g), j), l), y m) del apartado segundo de dicho artículo.

En su virtud, se dictó la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, de 5 de diciembre de 2023, por la que se delegan competencias, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 301, de 18 de diciembre de 2023.

Desde la entrada en vigor de esta última resolución, se ha manifestado la necesidad, en aras a la eficiencia exigida al funcionamiento de las Administraciones Públicas, de incorporar modificaciones derivadas de la apreciación de posibles mejoras en el funcionamiento de la organización.

En consecuencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelvo la presente modificación de la referida Resolución de Delegación de Competencias:

Artículo único. Modificación de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, sobre delegación de competencias.

Uno. Se elimina del párrafo b) del artículo 15.1.1 la frase «La modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario en los supuestos contemplados en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2010, de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial», quedando su redacción final de la siguiente forma:

«b) La convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por los sistemas de libre designación y de concurso y su resolución».

Dos. Se elimina del párrafo b) del artículo 17.1 el siguiente contenido «a excepción de los funcionarios de la escala de Profesores de Investigación», quedando el artículo redactado de la siguiente forma:

«b) La resolución por la que se ordena el inicio de los expedientes disciplinarios respecto del personal funcionario y laboral del CSIC, cuando se pueda tratar de sanciones por faltas graves, conforme a la normativa vigente.»

Tres. Se añade el siguiente enunciado en el apartado 5.4 del artículo 18: «La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio del Secretario General corresponderá a la persona titular de la Secretaría General Adjunta de Recursos Humanos». Su redacción final queda de la siguiente forma:

«18.5.4 En las personas titulares de las Vicepresidencias Adjuntas, de las Secretarías Generales Adjuntas, de la Asesoría Jurídica y de la Oficialía Mayor.

La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio en territorio nacional, con o sin derecho a indemnización, excepto en los casos de residencia eventual, del personal que dependa directamente de dichos órganos y unidades –o personal externo cuando proceda–, a excepción de sus titulares, y la del resto del personal del CSIC cuando cumpla funciones correspondientes a la competencia de aquellos.

La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio del Secretario General corresponderá a la persona titular de la Secretaría General Adjunta de Recursos Humanos.»

Madrid, 11 de abril de 2024.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/04/2024
  • Fecha de publicación: 18/04/2024
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 15.1.1, 17.1 y 18.5.4 de la Resolución de 5 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-25628).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Delegación de atribuciones

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