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Documento BOE-A-2023-4695

Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2023, páginas 26893 a 26923 (31 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-4695

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 28 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso libre y el acceso por promoción interna en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Ambos sistemas de acceso son independientes y se regirán por las mismas bases.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

La disposición adicional quinta del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 establece que los Departamentos ministeriales que a la entrada en vigor del presente Real Decreto no hubieren convocado las plazas correspondientes a ofertas de empleo público de 2020 y 2021, deberán acumular dichas plazas a la convocatoria de la oferta de empleo público de 2022, por lo que se incluyen todas las plazas ofertadas en 2021 y 2022 en una única convocatoria.

El artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 prevé que «las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta». En este sentido, las plazas no cubiertas en la convocatoria correspondiente a la oferta de empleo público para el año 2020, se acumulan a la presente convocatoria.

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (https://www.hacienda.gob.es/), en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/) y en el Portal del empleado público Funciona (https://sede.funciona.gob.es/).

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir ciento siete plazas de ingreso libre y doce por promoción interna en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, código 0605.

De las plazas indicadas por el sistema general de acceso libre, cincuenta y tres se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2022, aprobada por el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE de 25 de mayo), cincuenta y dos a la Oferta de Empleo Público para el año 2021, aprobada por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE de 28 de julio), y dos corresponden a las plazas no cubiertas vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2020, aprobada por Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE de 29 de octubre).

De las plazas indicadas por el sistema de promoción interna, cinco se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2022, aprobada por el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE de 25 de mayo), seis a la Oferta de Empleo Público para el año 2021, aprobada por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE de 28 de julio), y una corresponde a las plazas no cubiertas vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2020, aprobada por Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE de 29 de octubre).

Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán ocho plazas de las plazas convocadas por el sistema de general de acceso, tres correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2021, aprobada por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio y tres correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2022, aprobada por Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y dos correspondientes a las plazas no cubiertas vinculadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2020, aprobada por Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE de 29 de octubre).

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no podrán acumularse a los turnos ordinarios de acceso.

1.2 Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.

1.3 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna queden vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

1.4 Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos sistemas de acceso, bien por el sistema general de acceso libre, o bien, por el sistema de promoción interna.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización del mismo, tanto los aspirantes del sistema general de acceso libre que hayan superado la fase de oposición, como los del sistema de promoción interna que hayan superado las fases de oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

2.2 El carácter independiente de ambos sistemas de acceso determina la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.

2.3 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

2.4 La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Una vez publicada la lista provisional de personas admitidas, el Tribunal hará público un cronograma aproximado del desarrollo del proceso, estableciendo fechas estimadas para la celebración de las distintas pruebas.

2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del segundo y sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos con doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el Tribunal calificador, en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), así como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima divulgación.

En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En el caso de que un ejercicio o prueba cuente con una fase de lecturas públicas ante el Tribunal calificador, ha de entenderse que su total conclusión se produce una vez finalizadas estas.

2.6 El desarrollo de los diferentes sistemas de acceso podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.

2.7 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del presente proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas, a criterio del Tribunal calificador.

2.8 La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto/a, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, al finalizar el plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

5.1 Pertenecer como funcionario de carrera o como personal laboral fijo a alguno de los siguientes colectivos:

5.1.1 Personal funcionario de carrera:

a) Funcionarios de carrera de los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, salvo que se encuentren en servicio activo en otra Administración Pública por haber obtenido puesto en la misma por procedimientos de provisión previstos en el TREBEP.

b) De los cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2.

c) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que esté desempeñando como funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y haya obtenido destino en la misma.

5.1.2 Personal laboral fijo:

a) Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 1G-Arquitectos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado. También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las propias de los arquitectos.

5.2 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años:

5.2.1 En el caso del personal funcionario de carrera, haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, como funcionario de carrera en alguno de los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto 5.1.1 de estas bases.

5.2.2 En el caso de personal laboral fijo, haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo en las categorías profesionales referidas en el punto 5.1.2 de esta convocatoria.

6. Acceso de personas con discapacidad

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.

Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).

Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

6.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en dicho ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario, del examen y la forma de calificación del ejercicio correspondiente sean análogos, salvo actualización normativa. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación, de estimarlo oportuno, podrá renunciar a esta y realizar de nuevo el ejercicio en la siguiente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera presentación al ejercicio que se trate.

7. Solicitudes

7.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los aspirantes deberán realizar la presentación de la solicitud por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.

7.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

7.3 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar la solicitud cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes apartados.

7.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

7.6 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips y siguiendo las instrucciones del anexo IV. La solicitud de participación se dirigirá a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.

Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación de las mismas, exclusivamente a través de medios electrónicos. La subsanación podrá realizarse en el plazo de diez días, en términos establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

Excepcionalmente, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica, debidamente acreditada, haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

7.7 La presentación electrónica de la solicitud deberá hacerse exclusivamente de forma electrónica y permitirá:

– La cumplimentación del modelo 790.

– Anexar documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

Para ello, en el Punto de Acceso General anteriormente mencionado, se seleccionará el Cuerpo y la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón «Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción «Realice su inscripción on-line», debiendo pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y se seguirán las instrucciones que se indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.

Una vez cumplimentados todos los datos solicitados, siguiendo las instrucciones del anexo IV, se pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes de pago y registro de la inscripción.

7.8 En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondiente. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962, código BIC BBVAESMM, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen. Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

7.9 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por el que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de la tasa estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC), que figurará en el justificante de registro.

El importe de la tasa por derechos de examen es el señalado en el anexo IV.

7.10 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La condición de discapacidad, cuando haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas. En caso de que el interesado se opusiera en su solicitud al tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa para ello, deberá presentar anexo a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acción de promoción, formación o reconversiones profesionales.

Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, salvo que el interesado se opusiera en su solicitud al tratamiento de sus datos. En este caso el interesado deberá solicitar en la oficina de servicios públicos la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexo a la solicitud el citado certificado.

– Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, siempre que el interesado haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en la correspondiente casilla de la solicitud.

En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, el interesado deberá presentar anexo a la solicitud, certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familia de categoría especial, y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de categoría general.

La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.

Si el interesado se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de sus datos alegando una causa para ello, deberá presentar anexo a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.

d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos o fallecidos.

7.11 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención parcial o total de aquél, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador, común a ambos sistemas de acceso es el que figura como anexo III a esta resolución.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como en las demás disposiciones vigentes.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.4 El Tribunal calificador no podrá introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas que no estén expresamente previstas en estas bases.

8.5 Una vez publicada la lista definitiva de aspirantes admitidos al proceso selectivo, se publicará en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es) un breve currículum profesional de las personas que formen parte del Tribunal.

8.6 Se habilita al Tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo.

Asimismo, se habilita al Tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, cifrado, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por los aspirantes.

8.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda y Función Pública, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, número 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 595 89 33 / 91 595 87 22 / 91 595 87 83, dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es

9. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» del día 13 de mayo), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.

10. Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionarios interinos

10.1 De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.

10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesario el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.

10.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es).

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Resolución.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 17 de febrero de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo y valoración

I. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Para el sistema general de acceso libre:

I.1 Oposición.

I.3 Curso selectivo.

Para el sistema general de promoción interna:

I.1 Oposición.

I.2 Concurso.

I.3 Curso selectivo.

I.1 Fase de oposición. Las pruebas de la fase de oposición consistirán en la superación de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Las funcionarias y funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen el correspondiente proceso selectivo. La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes y acompañará acreditación expedida por el Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

Primer ejercicio:

Parte A. Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de diez preguntas propuestas por el Tribunal sobre materias incluidas en los siguientes grupos del programa que se recogen en el anexo II:

I. Derecho Civil y Derecho Mercantil (19 temas).

II. Derecho Constitucional, Administrativo e Institucional Europeo (24 temas).

Para los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna como forma de acceso, la parte A consistirá en contestar por escrito a cinco preguntas propuestas por el Tribunal sobre materias incluidas en el grupo II del programa que se recogen en el anexo II, en un tiempo máximo de una hora.

En esta parte del ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.

Parte B. Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: Una presencial y, otra sustitutiva de la anterior, mediante la cual lo candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B1 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

En la modalidad presencial, esta parte B consistirá en una traducción directa por escrito y sin diccionario, durante un tiempo máximo de una hora, de un texto determinado por el Tribunal en uno de los idiomas, inglés o francés, a elección del aspirante según opción que deberá hacerse constar en la solicitud.

En esta parte del ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad de comprensión y claridad de expresión y la calidad de la versión en castellano.

En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, los opositores que así lo deseen, podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que acrediten tener un nivel de inglés o francés equivalente a B1 o superior, obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las lenguas. Dicho título deberá adjuntarse a la solicitud de inscripción a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General.

Las dos partes del primer ejercicio, en su caso, serán leídas en sesión pública ante el Tribunal, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura correspondiente.

Segundo ejercicio. Tendrá una duración total de seis horas, y constará de dos partes:

Parte A. Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de diez preguntas propuestas por el Tribunal sobre materias incluidas en los siguientes grupos del programa que se recogen en el anexo II:

III. Valoración Inmobiliaria, Sistemas de Información y Gestión Patrimonial (15 temas).

IV. Derecho Urbanístico y Edificación (26 temas).

Parte B. Consistirá en el desarrollo de dos supuestos prácticos, durante un tiempo máximo de cuatro horas. El primer supuesto práctico versará sobre gestión patrimonial inmobiliaria. El segundo caso práctico consistirá en la resolución por escrito, de un supuesto práctico de valoración inmobiliaria. Los aspirantes deberán llevar a cabo un dictamen pericial del artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria u otra valoración administrativa (urbanística o expropiatoria) o hipotecaria.

Los aspirantes podrán disponer de la documentación en formato papel que estimen oportuna para la realización de este ejercicio; y deberán justificar las soluciones adoptadas en los casos en los que el enunciado así lo exija.

Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que, en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera, en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.

La parte A de este ejercicio será leída en sesión pública ante el Tribunal, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura. Una vez finalizada la lectura de esta parte del ejercicio, los miembros del Tribunal podrán formular cuestiones sobre los contenidos expuestos.

Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo de dos supuestos prácticos, durante un tiempo máximo de cuatro horas. El primer supuesto práctico versará sobre contratación administrativa. El segundo supuesto práctico se centrará en un supuesto sobre valoración catastral, procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su determinación, y definición del mapas de valores, de acuerdo con la normativa catastral; para resolverlo, los aspirantes, partiendo de la información proporcionada por el Tribunal, deberán hacer uso de criterios técnicos, estadísticos, urbanísticos y de valoración inmobiliaria, contemplados en el programa.

Los aspirantes podrán disponer de la documentación en formato papel que estimen oportuna para la realización de este ejercicio; y deberán justificar las soluciones adoptadas en los casos en los que el enunciado así lo exija.

Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que, en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera, en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.

Se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis, la justificación de las soluciones adoptadas y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.

Cuarto ejercicio. El cuarto ejercicio será de naturaleza oral y consistirá en la exposición, durante un tiempo máximo de sesenta minutos y mínimo de cuarenta y cinco, por el orden que figuran en el programa del anexo II, de cuatro temas, extraídos al azar, uno de cada uno de los siguientes grupos:

V. Catastro (22 temas).

VI. Derecho Financiero y Tributario (21 temas).

VII. Economía, Economía Urbana y Dirección Pública (15 temas).

VIII. Hacienda Pública (13 temas).

El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma homogénea entre los cuatro temas.

Se concederá a los aspirantes, antes de la exposición oral, un máximo de quince minutos para preparar en presencia del Tribunal un guion de dichos temas, utilizando únicamente el programa de la convocatoria.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral. El Tribunal podrá realizar a los aspirantes preguntas que versen sobre el contenido de los temas expuestos.

Los ejercicios primero, segundo y tercero deberán escribirse de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, la relación de aspirantes que hayan superado el correspondiente ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.

I.2 Fase de concurso. La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos: servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de formación.

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de promoción interna que hayan superado la fase anterior dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, para presentar la certificación de méritos, debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).

La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Resolución.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

Si alguno de los aspirantes funcionarios y funcionarias, en servicio activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los requisitos que figuren inscritos en el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI a esta Resolución.

Finalizada la fase de oposición o de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en el Portal Funciona. Dicha relación se publicará mediante Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

I.3 Curso selectivo. Todos los aspirantes del sistema general de acceso libre que superen la fase de oposición y los del sistema de promoción interna que superen las fases de oposición y concurso, realizarán un curso selectivo en la Escuela de Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.

En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes áreas: jurídica, inmobiliaria, gestión financiera, urbanística, tributaria, facultativa y catastral, así como las de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, incluyendo un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género. El curso selectivo servirá asimismo como elemento de valoración de los conocimientos y las pruebas prácticas que no hayan sido objeto de evaluación en la fase de concurso-oposición.

Tendrá una duración máxima de cinco meses lectivos, y comenzará en el plazo máximo de cuatro meses, contado a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición o concurso-oposición en el «Boletín Oficial del Estado».

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

II. Valoración

II.1 Fase de oposición. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos y la parte B se calificará como «apto» o «no apto» (se otorgará la calificación de «apto» cuando se alcance, al menos, el 50 por 100 de la valoración total de la parte B del ejercicio).

Para superar el primer ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en la Parte A y la calificación de «apto» en la parte B.

Los aspirantes que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista (6 puntos sobre 10) y la calificación de «apto» en la parte B, podrán conservar la puntuación obtenida en dicho ejercicio en la convocatoria inmediatamente posterior, siempre y cuando el ejercicio, la forma de calificación y su contenido sea análogo y no se produzcan actualizaciones normativas transcendentes en su contenido. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación, de estimarlo oportuno, podrá renunciar a esta y realizar de nuevo la prueba en la siguiente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera presentación al ejercicio que se trate.

Segundo ejercicio: La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos y, en la parte B, cada supuesto práctico se calificará sobre un máximo de 15 puntos, de tal forma que la parte B del ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30 puntos.

Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 3 puntos en la parte A, 5 puntos en cada supuesto práctico, y un total de 15 puntos en el ejercicio.

Tercer ejercicio: El primer supuesto práctico sobre contratación administrativa se calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración catastral, procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su determinación, y definición del mapas de valores, se calificará sobre un máximo de 15 puntos, de tal forma que el ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en el primer supuesto, de 5 puntos en el segundo supuesto y un total de 15 puntos en el ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 10 puntos.

El Tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos.

El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer, y cuarto ejercicio, por ese orden. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético mencionado en la base específica 9.

II.2 Fase de concurso. A los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, se les valorarán los siguientes méritos:

a) Servicios prestados: Se valorarán servicios efectivos prestados en Cuerpos y Escalas del subgrupo A2 de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un máximo de 12 puntos:

– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 18, 19 o 20: 0,05 puntos.

– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 21 o 22: 0,06 puntos.

– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 23 o 24: 0,07 puntos.

– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 25 o 26: 0,08 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en la situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

b) Grado personal consolidado para el personal funcionario: Se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo V de esta Resolución:

– Hasta el grado 18: 0,80 puntos.

– Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,40 puntos.

– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 4 puntos.

Permanencia o tiempo de trabajo desarrollado en el grupo y especialidad 1G-Arquitectos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, así como el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las propias de los arquitectos, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria:

– Se otorgarán 0,25 puntos por cada año de servicios.

– Puntuación máxima en la valoración de la permanencia o tiempo de trabajo: 4 puntos.

c) Cursos de formación: Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 4 puntos.

Los cursos susceptibles de valoración serán los recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas.

No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una duración mínima de quince horas.

Además, respecto de los cursos recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el anexo V. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.

Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:

– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1 puntos.

– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25 puntos.

Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.

El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.

II.3 Curso selectivo.El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.

III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos

La suma de las puntuaciones de la fase de oposición o de concurso-oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino.

En caso de empate, para los aspirantes que concurran por el sistema general de acceso libre, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente, por este orden, al segundo, tercero, y cuarto ejercicio de la fase de oposición, por este orden. Si persistiera el empate se seguirá el orden alfabético mencionado en la base específica 9.

Para los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna, la prelación en caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) del aspirante; y en caso de persistir el empate, la correspondiente, por este orden, a la mayor puntuación en la fase de concurso, a la mayor puntuación alcanzada en la fase de oposición. Finalmente, de persistir, se seguirá el orden alfabético mencionado en la base específica 9.

ANEXO II
Programa

I. Derecho Civil y Derecho Mercantil

Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones. Las fuentes del Derecho en el sistema jurídico positivo español. El sujeto del Derecho. El objeto del Derecho.

Tema 2. El Derecho civil en España. El Código Civil y la legislación complementaria. Los derechos civiles forales y especiales. La vecindad civil: adquisición y pérdida.

Tema 3. Los derechos reales. Naturaleza, caracteres y diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Valoración de derechos reales.

Tema 4. El derecho real de dominio. Extensión y contenido. Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español. La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio. La pérdida en virtud de adquisiciones a non domino.

Tema 5. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas del Código Civil. La propiedad horizontal. Naturaleza y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los propietarios. Elementos comunes y privativos. Régimen de los complejos inmobiliarios privados.

Tema 6. La posesión: su naturaleza jurídica. Clases de posesión según el Código Civil. Adquisición, conservación, pérdida y recuperación de la posesión. Efectos de la posesión. Protección del estado posesorio. Juicios verbales posesorios. Deslinde y amojonamiento.

Tema 7. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de usufructo: naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del usufructo: su constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos de uso y habitación. El derecho real de superficie. Censos y foros.

Tema 8. El derecho real de servidumbre: concepto, caracteres y elementos. Clases de servidumbres. Adquisición de las servidumbres. Pérdida de las servidumbres. Las servidumbres voluntarias. Las servidumbres legales y su distinción con las limitaciones del dominio.

Tema 9. Los derechos reales de garantía. La hipoteca. Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento.

Tema 10. El Registro de la Propiedad en España. Organización. Los libros del Registro. Clases de asientos. Los principios hipotecarios. Publicidad y fe pública registral. Las certificaciones registrales. Contenido y efectos. La finca registral. Actos y derechos inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación. Expediente de dominio. Finalidades y tramitación.

Tema 11. Las declaraciones de obra nueva y la división horizontal. Los excesos de cabida. Modificaciones de la finca registral: la agrupación, la agregación, la segregación y la división de fincas.

Tema 12. La obligación: su naturaleza y elementos. Fuentes de las obligaciones. Clases de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento y cumplimiento anormal. Extinción. Prueba de las obligaciones.

Tema 13. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La ineficacia o invalidez del negocio jurídico. El contrato: fundamento y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación, ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión.

Tema 14. El contrato de compraventa: su naturaleza. Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo y retracto: naturaleza y clases. El contrato de permuta.

Tema 15. El contrato de arrendamiento, su función y especies. Normas fundamentales del Código Civil. Régimen de los arrendamientos urbanos. La Ley de Arrendamientos urbanos. Supuestos que contempla. Censo de arrendamientos urbanos.

Tema 16. Los contratos de arrendamiento de obra y de servicios: Naturaleza, elementos y contenido. Responsabilidades civiles del propietario, del constructor, del Arquitecto y del Arquitecto Técnico. Prescripción de responsabilidades.

Tema 17. La sociedad mercantil. Concepto, naturaleza y clases. El objeto social. Constitución. La sociedad irregular. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social. Distribución de beneficios. Aumento y reducción del capital social. Las reservas. Régimen jurídico de la transformación, fusión y escisión de sociedades mercantiles. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación de sociedades mercantiles: operaciones que comprende. El concurso de acreedores.

Tema 18. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. La sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada. La sociedad anónima. Acciones: Clases. Acciones sin voto. La emisión de obligaciones. Sindicato de obligacionistas. Órganos: Junta general, Administradores y Consejo de Administración.

Tema 19. El contrato de seguro. Reaseguro, contraseguro, coaseguro y seguro subsidiario. Seguro individual y seguro colectivo. El seguro contra daños. Seguros de personas. El Consorcio de Compensación de Seguros.

II. Derecho Constitucional, Administrativo e Institucional Europeo

Tema 1. La Constitución española de 1978: características y estructura. Principios constitucionales y valores superiores. Derechos fundamentales y libertades públicas; derechos económicos y sociales; eficacia, garantía y límites. La suspensión de derechos. La reforma constitucional.

Tema 2. Las Cortes Generales: composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras. La Corona. El Gobierno: composición y organización. Funciones del Gobierno.

Tema 3. El Tribunal Constitucional. El Poder Judicial. Órganos constitucionales de control: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

Tema 4. La Administración Pública: principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica y los organismos públicos. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. Las Entidades Locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Tema 5. La Administración y el Derecho Administrativo. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del Gobierno con rango de ley. El Reglamento. La potestad reglamentaria: órganos con potestad reglamentaria.

Tema 6. El Ministerio de Hacienda y Función Pública. Organización y funciones. Servicios centrales y periféricos. Agencia Estatal de Administración Tributaria. Los Arquitectos de la Hacienda Pública. Trabajos y actuaciones que llevan a cabo en los distintos Centros, Organismos y Entes Públicos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. La figura del Arquitecto de la Hacienda Pública en la Administración General del Estado.

Tema 7. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.

Tema 8. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La forma de los actos administrativos: motivación, notificación y publicación. El silencio administrativo. Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos. La ejecución forzosa: especial referencia a la vía de apremio. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio. La suspensión de efectos.

Tema 9. El procedimiento administrativo: concepto y clases. Regulación. Las partes en el procedimiento administrativo. Derechos de los ciudadanos. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación. Instrucción. La terminación del procedimiento: formas.

Tema 10. Los recursos administrativos: clases. Principios generales de su regulación. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión y límites. Recursos. La Administración Pública y la Justicia: conflictos jurisdiccionales, cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones.

Tema 11. Los contratos del sector público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos competentes en materia de contratación. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. Encargos a medios propios.

Tema 12. Los contratos del sector público (II): Preparación de los contratos. Tramitación de expedientes: contenido y tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Garantías. Precio del contrato, valor estimado y presupuesto base de licitación.

Tema 13. Los contratos del sector público (III): Procedimientos de adjudicación. Los contratos menores. Criterios de selección del adjudicatario. Prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. Modificación de los contratos. Pago del precio. Cumplimiento y resolución de los contratos administrativos.

Tema 14. Los contratos del sector público (IV): El contrato de obras. Normas especiales de preparación, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución. La contratación de proyectos y direcciones de obra. Ejecución técnica: supervisión, documentos y contenidos exigibles del proyecto. Actas, recepción e incidencias.

Tema 15. El Patrimonio de las Administraciones Públicas: concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales: concepto legal y principios relativos a los mismos. El Patrimonio del Estado: concepto y competencias.

Tema 16. El Patrimonio del Estado (I): adquisición y enajenación de bienes y derechos del Patrimonio del Estado. Tipos y procedimientos.

Tema 17. El Patrimonio del Estado (II): uso y explotación de los bienes y derechos. Afectación, adscripción, mutaciones demaniales. Autorizaciones y concesiones. Aprovechamiento y explotación de bienes y derechos patrimoniales.

Tema 18. El Patrimonio del Estado (III): protección y defensa del Patrimonio. Aspectos urbanísticos y colaboración interadministrativa en la gestión patrimonial. El Inventario General de bienes y derechos del Estado. La coordinación y optimización de la utilización de los edificios administrativos.

Tema 19. La acción administrativa con relación a las aguas, las minas, los montes, las costas y el medio ambiente.

Tema 20. La Ley del Patrimonio Histórico Español, normas de desarrollo y complementarias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la conservación, enriquecimiento y defensa del Patrimonio Histórico Español. Bienes que lo integran. Declaración de Bienes de Interés Cultural. Inventario General de Bienes Muebles; inclusión y exclusión de bienes en el Inventario General. Medidas de fomento.

Tema 21. Ley de expropiación forzosa. Justificación y naturaleza de la expropiación forzosa. Régimen jurídico. Sujetos y objeto. Procedimiento general; especial referencia a la determinación del justiprecio: elementos que comprende y procedimiento. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. La reversión de los bienes expropiados. La ocupación temporal.

Tema 22. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 23. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España.

Tema 24. El ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes. Su relación con el ordenamiento jurídico español. El sistema institucional de la Unión Europea.

III. Valoración Inmobiliaria, Sistemas de Información y Gestión Patrimonial

Tema 1. El mercado inmobiliario. Teorías sobre el valor. El valor de los bienes y derechos: Sus clases. El precio. Relación entre valor y precio. Influencia de la evolución histórica de las facultades urbanísticas del derecho de propiedad en el valor de los bienes inmuebles.

Tema 2. Principios y criterios de valoración de los bienes inmuebles. Finalidad de las valoraciones. Sistemas de valoración. Métodos de valoración. Comparación con mercado: componentes del valor a precios de mercado (en venta y alquiler). Estudios del mercado inmobiliario: aplicaciones.

Tema 3. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y gastos. Principio de equivalencia financiera. Actualización de rendimientos (rentas) presentes y futuros. Influencia de la legislación sobre arrendamientos urbanos y de las limitaciones administrativas de la rentabilidad en el valor de los inmuebles.

Tema 4. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario. Correcciones del valor.

Tema 5. Coste de reposición o reemplazamiento: coste actual. Valor de las construcciones. Valoración analítica y valoración sintética. La depreciación de los bienes inmuebles: sus clases. Procedimiento de medición. Valor unitario.

Tema 6. Valoraciones administrativas (I). Valoración de los inmuebles a efectos fiscales. Impuesto sobre el Patrimonio. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre donaciones y sucesiones e Impuesto sobre trasmisiones patrimoniales. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La comprobación de valores en la Ley General Tributaria y la Tasación pericial contradictoria.

Tema 7. Valoraciones administrativas (II). Ámbito del régimen de valoraciones del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo. Criterios generales para la valoración. Valoración en situación de suelo rural. Valoración en situación de suelo urbanizado. Indemnización de la facultad de participar en actuaciones de nueva urbanización. Indemnización de la iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización o de edificación. Valoración del suelo en régimen de equidistribución de beneficios y cargas.

Tema 8. Valoraciones administrativas (III). Orden ECO 805/2003 y modificaciones posteriores. Ámbito de aplicación. Principios. Condicionantes y advertencias. Métodos de valoración. Valoración de edificios y elementos de edificios para las distintas finalidades. Valoración de fincas rústicas. Valoración de solares y terrenos. Valoración de determinados derechos y de los bienes objeto de los mismos. Informes y certificados de tasación. Disposiciones especiales.

Tema 9. Estadística y valoración urbana (I): conceptos fundamentales de la Estadística. La Estadística descriptiva. Representaciones gráficas. Medidas de posición y medidas de dispersión. Números índices.

Tema 10. Estadística y valoración urbana (II): ajuste por el método de los mínimos cuadrados. Regresión y correlación. Regresión simple y regresión múltiple. Aplicaciones en el campo de la valoración. Concepto de muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas e infinitas.

Tema 11. Estadística y valoración urbana (III): redes neuronales. Concepto y Aplicaciones. Aplicación a la Valoración inmobiliaria.

Tema 12. Sistemas de información. Definición y estructura. Concepto, componentes y funcionamiento. La información en las organizaciones y en la Administración. Bases de datos. Sistemas de información geográfica. Concepto, clases y elementos. Funciones básicas. Campos de aplicación.

Tema 13. La Administración electrónica en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Plan de Transformación digital de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Catálogo de Servicios de la Administración Digital: administración digital y servicios al ciudadano. Firma electrónica.

Tema 14. Los Patrimonios: Concepto y elementos que lo integran. Clasificación. Principios que inspiran su gestión. Patrimonios de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos Estatales.

Tema 15. La gestión de los patrimonios inmobiliarios. Sociedades gestoras de patrimonios. Labores de inventario. Políticas de optimización de activos inmobiliarios: inversión, reinversión y desinversión. La gestión de servicios integrados («Facility Management»). Arrendamientos financieros y «sale & lease back».

IV. Derecho Urbanístico y Edificación

Tema 1. El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la legislación urbanística en España. Principios básicos del ordenamiento estatal. Organización administrativa del urbanismo. Distribución de competencias.

Tema 2. El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Estructura. Derechos y deberes de los ciudadanos. Contenido del derecho de propiedad del suelo. Desarrollo de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Tema 3. El principio de desarrollo territorial y urbano sostenible. Evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano. La protección del medio ambiente.

Tema 4. Las Agendas Urbanas: Naciones Unidas y la Unión Europea. La Agenda Urbana Española: principales contenidos y metodología de implementación: los planes de acción. El Sistema de Información Urbana (SIU).

Tema 5. Bases del régimen del suelo. Situaciones básicas del suelo. Estatuto jurídico básico de la promoción de las actuaciones de transformación urbanística.

Tema 6. El planeamiento territorial y urbanístico. Naturaleza y valor normativo de los planes. El planeamiento supramunicipal. El planeamiento municipal: función, contenido y formación. El planeamiento general y de desarrollo. La ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación.

Tema 7. Ámbito del régimen de valoraciones de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Criterios generales para la valoración de inmuebles en suelo rural y urbanizado. Valoración en supuestos indemnizatorios en relación con actos de naturaleza urbanística. Valoración del suelo en régimen de equidistribución de beneficios y cargas.

Tema 8. Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial en la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana: régimen de las expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística. Procedimiento de determinación del justiprecio: Individualizado y tasación conjunta. Supuestos de reversión y retasación. Supuestos indemnizatorios.

Tema 9. Función social de la propiedad y gestión del suelo. Venta y sustitución forzosa. Los Patrimonios públicos del suelo. El derecho de superficie.

Tema 10. Políticas públicas en relación con la vivienda: Distribución de competencias. Las relaciones interadministrativas en materia de vivienda. Políticas estatales. Los planes estatales de vivienda. Actuaciones protegidas. Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tema 11. Políticas públicas estatales en relación con la arquitectura y el entorno construido. Actuaciones de promoción y difusión de la arquitectura española desde la Administración General del Estado: premios, bienales y exposiciones. Impulso a la conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico: el 1,5% Cultural.

Tema 12. El patrimonio arquitectónico. Documentos nacionales e internacionales sobre criterios de intervención: conferencias, cartas, convenciones y recomendaciones. Directrices para la redacción de los proyectos de restauración y rehabilitación arquitectónica. Instituciones y organismos nacionales e internacionales relacionados con la conservación y restauración del Patrimonio Histórico.

Tema 13. Ley de Ordenación de la Edificación: Exigencias técnicas y administrativas. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.

Tema 14. El Código Técnico de la Edificación, CTE: Disposiciones reguladoras. Campo de aplicación: Disposiciones generales y condiciones técnicas y administrativas. Exigencias básicas. Últimas modificaciones en materia de eficiencia energética.

Tema 15. Disposiciones comunitarias que afectan a la edificación. Transposición de las disposiciones.

Tema 16. Directiva 2010/31 relativa a la Eficiencia Energética de los Edificios. Características principales y objetivos. Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Tema 17. Directiva 2012/27 UE relativa a la Eficiencia Energética y Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE. Características principales y objetivos respecto a la edificación. Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España. Construcción sostenible: Certificados BREEAM, LEED, y Verde.

Tema 18. Planes de activación de la Eficiencia Energética en los edificios de la Administración General del Estado. Características principales y objetivos. Requisitos mínimos de eficiencia energética en edificios a adquirir por la Administración General del Estado. Agenda 2030: Objetivos de Desarrollo Sostenible y Plan de Acción para su implementación en España.

Tema 19. La Estrategia Española de Economía Circular y el Plan de Contratación Pública Ecológica: contexto y criterios relativos al sector de la construcción. Principios de economía circular. El plan de gestión de residuos de construcción y demolición: normativa básica estatal.

Tema 20. Legislación de prevención de riesgos laborales en la construcción. Disposiciones generales. Derechos y obligaciones. Los servicios de prevención. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Consultas y participación de los trabajadores. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones públicas.

Tema 21. Plan de seguridad y salud. Principios generales aplicables al proyecto de obra. Estudio de seguridad y salud. El estudio básico.

Tema 22. Organización de una obra: principales técnicas de programación. Ejecución de una obra: funciones de dirección y control. Régimen económico y actualización de costes mediante índices, coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de precios.

Tema 23. Calidad en la edificación. Conceptos generales. Aseguramiento de calidad. Distintivos de calidad y certificaciones de conformidad de productos, Normas internacionales sobre calidad. Los documentos de idoneidad técnica sobre sistemas y productos innovadores. Acreditación de entidades y laboratorios.

Tema 24. Ley de Calidad de la Arquitectura. Principio de calidad en la arquitectura. Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura. La Casa de la Arquitectura.

Tema 25. Metodología BIM («Building Information Modeling»): concepto y marco normativo. Ámbito de aplicación: ciclo de vida del edificio. Principales roles y responsabilidades en un proyecto BIM. El Plan de Ejecución BIM. La Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública: normativa, funciones y organización.

Tema 26. Accesibilidad en la edificación: normativa básica estatal. Disposiciones reguladoras de las condiciones básicas de accesibilidad en edificación.

V. Catastro

Tema 1. El Catastro inmobiliario (I): concepto y tipos de Catastros. Evolución histórica del Catastro en España. El catastro en Europa. Comité Permanente del Catastro en Europa y Eurogeographics. Políticas europeas con incidencia en el Catastro: INSPIRE, PSI, LPIS/PAC. El catastro en Iberoamérica: Comité permanente del catastro en Iberoamérica. La norma ISO 19152.

Tema 2. Marco normativo vigente en el catastro español. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: definición de Catastro. Ámbito de aplicación de la Ley. Principios informadores del Catastro Inmobiliario y Competencias. La Dirección General del Catastro. Servicios centrales y Territoriales.

Tema 3. El Catastro inmobiliario (II): contenido. Bienes inmuebles a efectos catastrales. Titulares catastrales y representación. Derechos y deberes del titular catastral. Órganos colegiados en el ámbito catastral: composición y funciones. Especial referencia a las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria y a La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria.

Tema 4. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (I): procedimientos de incorporación, tipos. Régimen jurídico y disposiciones comunes. Declaraciones, comunicaciones y solicitudes. Eficacia y notificación.

Tema 5. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (II): procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación. Procedimiento de regularización catastral.

Tema 6. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (III): la inspección catastral. Naturaleza y funciones. Atribución y ejercicio de las funciones inspectoras. Obligados tributarios. Actuaciones de inspección catastral: clases, documentación y eficacia. Actuaciones de inspección conjunta. Planes de inspección catastral.

Tema 7. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (IV): valor catastral. Determinación y límites del valor catastral. Las ponencias de valores: contenido, clases, elaboración, aprobación e impugnación. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias de valores. Actualización de valores catastrales por aplicación de coeficientes.

Tema 8. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (V): procedimientos de valoración catastral. Procedimiento de valoración colectiva y Procedimiento de valoración individualizada. Procedimiento de valoración colectiva de carácter general y parcial. Procedimiento simplificado de valoración colectiva. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Renovación del Catastro rústico.

Tema 9. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (VI): La revisión en vía administrativa de los actos de gestión catastral. Actos susceptibles de revisión. Plazos, requisitos, efectos y competencias. Revisión de oficio. Recurso de reposición y reclamación económico-administrativa. Revisión de los fallos de los tribunales económico-administrativos a instancia del Catastro. Ejecución de las resoluciones económico-administrativas.

Tema 10. Valoración catastral (I): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles urbanos: valor del suelo, valor de las construcciones. La coordinación de valores. Módulo de valor M: módulos básicos de repercusión de suelo y construcción. Áreas económicas homogéneas. Procedimiento de coordinación.

Tema 11. Valoración catastral (II): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Normas generales: valor del suelo, valor de las construcciones. Normas específicas.

Tema 12. Valoración catastral (III). La evolución del valor de los bienes inmuebles rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La determinación del valor catastral de los bienes inmuebles rústicos según el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Valor del suelo rústico. Valor de las construcciones en suelo rústico. Valor del suelo ocupado por las construcciones en suelo rústico.

Tema 13. Valor de referencia. Concepto y aplicación. Diferencias con el valor catastral. Procedimiento de determinación del valor de referencia. Informe anual sobre el mercado inmobiliario y mapa de valores. Determinación del valor de referencia de los bienes inmuebles urbanos. Determinación del valor de referencia de los bienes inmuebles rústicos. Impugnación del valor de referencia.

Tema 14. Colaboración e intercambio de información en el ámbito del catastro inmobiliario. Suministro de información a la DGC. Suministro de información por la DGC. Convenios de colaboración. Tramitación. Régimen jurídico. Eficacia. Denuncia. Publicidad.

Tema 15. La información catastral y el tráfico jurídico. La información catastral y la actividad notarial y administrativa en el tráfico jurídico de inmuebles. La información catastral y el Registro de la Propiedad. La coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Instrumentos, procedimientos y requisitos para el intercambio de información.

Tema 16. La referencia catastral. Constancia documental y registral de la referencia catastral. Sujetos obligados. Normas de asignación.

Tema 17. Infracciones y sanciones catastrales. Infracciones. Régimen sancionador. Criterios de graduación. Procedimiento sancionador.

Tema 18. La cartografía catastral: concepto y contenido. Ordenación de la cartografía oficial. Sistema cartográfico nacional: objetivos, instrumentos. Plan Cartográfico Nacional. Plan Nacional de Ortofotografía Aérea, PNOA. La estandarización de la información geográfica. El modelo estándar catastral. La Directiva INSPIRE y las especificaciones para la parcela catastral, las direcciones y los edificios. Infraestructura de Datos Espaciales de España, IDEE.

Tema 19. Difusión de la información catastral. Protección de datos de carácter personal. Portal del Catastro. La Sede Electrónica del Catastro. Tipos de usuarios y acceso a datos catastrales protegidos. Productos y servicios electrónicos. Certificados catastrales. Descarga de información. Puntos de Información Catastral.

Tema 20. Modelo de datos catastral. Sistema de Gestión Catastral, SIGECA. Sistema de Información Geográfica Catastral, SIGCA. Formatos de remisión e intercambio de información catastral.

Tema 21. Contratación de trabajos catastrales. Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Órganos competentes. Control y supervisión.

Tema 22. El Plan Estratégico del Catastro. Dirección por objetivos y evaluación del rendimiento. La calidad y la mejora continua en el Catastro. La Carta de Servicios Catastrales.

VI. Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. El Derecho Financiero y el Derecho Presupuestario. La Ley General Presupuestaria. Principios generales: los derechos económicos y las obligaciones exigibles de la Hacienda Pública. El Tesoro Público.

Tema 2. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

Tema 3. El control de la actividad financiera en España. Concepto y clases. El control externo: el Tribunal de Cuentas. El Control interno: la Intervención General de la Administración del Estado. La función interventora y el control a posteriori. La contabilidad pública: la Cuenta General del Estado.

Tema 4. El Derecho Tributario: concepto y contenido. Los principios del ordenamiento tributario español. Las fuentes del Derecho Tributario. La Ley General Tributaria. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y ámbito espacial. Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Tema 5. Los tributos: concepto, fines y clases. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias. Hecho imponible. Devengo y exigibilidad. Exenciones. Base imponible, métodos de determinación. Base liquidable. Tipo de gravamen. Cuota tributaria. Deuda tributaria.

Tema 6. Los elementos personales de la deuda tributaria. Sujetos pasivos. Los responsables tributarios. Capacidad, representación, domicilio y número de identificación fiscal. La extinción de la deuda tributaria. El pago. La prescripción.

Tema 7. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria. Declaración tributaria. Autoliquidaciones. Procedimiento iniciado mediante declaración. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de comprobación limitada. La recaudación de los tributos: órganos de recaudación. Aplazamientos y fraccionamientos del pago. Procedimiento de apremio. Privilegios para el cobro de las deudas tributarias.

Tema 8. La inspección de los tributos: órganos, funciones y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras: especial referencia a las actas y sus tipos. Procedimiento de inspección.

Tema 9. La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios de la potestad sancionadora. Infracciones y sanciones tributarias. El procedimiento sancionador. Delitos contra la Hacienda Pública.

Tema 10. Revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión. Recurso de reposición. La reclamación económico-administrativa.

Tema 11. El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I): Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas.

Tema 12. El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): Ganancias y pérdidas patrimoniales. Base imponible general y del ahorro. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Determinación de la cuota tributaria. Período de imposición y devengo.

Tema 13. El impuesto sobre Sociedades: concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. Contribuyentes. La base imponible. La deuda tributaria. El impuesto sobre la Renta de No residentes: naturaleza, objeto y ámbito de aplicación.

Tema 14. El impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

Tema 15. El impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La cuota tributaria. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria.

Tema 16. El Impuesto sobre el Valor Añadido: naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible: las entregas de bienes y las prestaciones de servicios. El sujeto pasivo y la base imponible. Tipos impositivos. La repercusión del impuesto. Deducciones y devoluciones. Regímenes especiales.

Tema 17. Los Impuestos Especiales. La imposición aduanera. Las tasas y los precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 18. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común: principios y recursos financieros. Tributos propios y cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de Compensación Interterritorial.

Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: especialidades de País Vasco y Navarra. Regímenes especiales por razón del territorio: Canarias, Ceuta y Melilla.

Tema 20. La financiación de las Haciendas Locales: recursos financieros. El sistema impositivo local. Los impuestos municipales potestativos y los obligatorios. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 21. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Naturaleza, devengo y periodo impositivo. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de gravamen. Cuota. Gestión tributaria y gestión catastral del impuesto. Distribución de competencias.

VII. Economía, Economía Urbana y Dirección Pública

Tema 1. La ciencia económica: Concepto, objeto y contenido. Divisiones de la misma. Macroeconomía y microeconomía. El método de la ciencia económica. La evolución del pensamiento económico. Los sistemas económicos: concepto.

Tema 2. La teoría de la oferta y de la demanda. La demanda. La oferta. Desplazamientos de las curvas. Elasticidad e inelasticidad. El equilibrio y desequilibrio de mercado: efectos sobre los precios, la distribución de bienes y la asignación de recursos.

Tema 3. El mercado de competencia y concurrencia perfectas. Mercados imperfectos: competencia monopolística, oligopolio y monopolio. Los poderes públicos y lo competencia: mercados intervenidos y proteccionismo.

Tema 4. Teoría de la producción. La producción y el máximo beneficio empresarial. Costes a corto y a largo plazo. Clases de empresas y características. Concentración de empresas. Cooperación entre empresas: agrupación de intereses económicos y Uniones Temporales de Empresas. Empresas multinacionales.

Tema 5. La Contabilidad como ciencia. Activos, pasivos, gastos e ingresos. El concepto de patrimonio y los equilibrios patrimoniales. El resultado del ejercicio.

Tema 6. Plan General de Contabilidad. Principios contables. Criterios de valoración. Cuentas anuales. Auditoría contable.

Tema 7. Magnitudes macroeconómicas. La riqueza nacional: su medición. La renta nacional y el gasto nacional: relaciones recíprocas. Producto nacional y producto interior: PNB y PIB. El flujo circular de la renta. Inversión y ahorro. La inflación: control y medidas correctoras.

Tema 8. La contabilidad nacional. La balanza comercial y de pagos. La economía y sus ciclos. Estabilización y desarrollo.

Tema 9. Los Organismos Económicos Internacionales. Organización, ámbito y competencias. El Banco Mundial. El Fondo Monetario Internacional. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, el GATT y la Organización Mundial de Comercio. El Banco Europeo de Inversiones.

Tema 10. La Unión Económica y Monetaria, UEM. Los criterios de convergencia. Marco institucional de la UEM. El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), el Eurosistema, el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales (BCN). El Banco de España en el SEBC.

Tema 11. El sistema financiero español. Las entidades de crédito: Instituto de Crédito Oficial, los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito. Otros intermediarios financieros. La Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Bolsa.

Tema 12. Planteamientos teóricos sobre la formación de valores del suelo. Teoría de las rentas de accesibilidad. El modelo estándar. Teoría de las rentas de externalidad. Teoría de la segmentación del mercado. Teoría marxista de la renta del suelo. Especial referencia al mercado de la vivienda y sus factores.

Tema 13. El mercado inmobiliario y la industria de la construcción: características. Relación entre las variables macroeconómicas y el mercado inmobiliario y la industria de la construcción. El mercado inmobiliario en el plano espacial y temporal. Mercado inmobiliario urbano y rural.

Tema 14. La Dirección Pública y su entorno de actuación. La creación del valor público. Gestión de riesgos, ética y responsabilidad corporativa. La gestión estratégica en la Administración Pública: dirección de personas y excelencia operativa. La gestión del cambio. Marketing público.

Tema 15. El funcionamiento democrático. Burocracia y grupos de interés. La eficiencia en el sector Público. Producción pública y producción privada. Selección y evaluación de proyectos: coste, beneficios y reglas de decisión.

VIII. Hacienda Pública

Tema 1. El sector público en una economía de mercado. La Hacienda Pública. La intervención del sector público en la actividad económica. La toma de decisiones en el sector público. Elección social y preferencias individuales. Empresas públicas y eficiencia.

Tema 2. El Presupuesto: concepto y estructura. El presupuesto como instrumento de elección social. El ciclo presupuestario. Las distintas técnicas de presupuestación.

Tema 3. Teoría de los ingresos públicos. Concepto y clasificación. Los precios privados, cuasiprivados, públicos y políticos. Las tasas y contribuciones especiales.

Tema 4. Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales.

Tema 5. Los costes de imposición. Costes de eficiencia. Exceso de gravamen e imposición óptima. Costes recaudatorios. El fraude fiscal: conceptos, efectos y condicionantes.

Tema 6. La imposición sobre la renta de las personas físicas. Concepto y naturaleza. Concepto fiscal de renta. El tratamiento de las distintas fuentes de renta. Las tarifas y sus problemas. Efectos económicos.

Tema 7. La imposición sobre el patrimonio y la riqueza. La imposición sobre el patrimonio neto. La imposición sobre sucesiones y donaciones. La imposición sobre transmisiones patrimoniales onerosas.

Tema 8. La imposición sobre sociedades: concepto y características. Justificación. Base imponible: problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen y beneficios fiscales. La incidencia del impuesto. La integración con la imposición sobre la renta de las personas físicas.

Tema 9. La imposición general sobre las ventas: concepto y clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre las ventas. La imposición sobre el valor añadido. Efectos económicos.

Tema 10. La imposición sobre consumos específicos. Justificación y efectos económicos. La imposición sobre el comercio exterior. Gravamen sobre importaciones y exportaciones. Los ajustes fiscales en frontera.

Tema 11. Gasto público: Teorías explicativas del crecimiento, equidad y eficiencia. Teorías explicativas del crecimiento del gasto público. Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Concepto y técnicas de análisis.

Tema 12. Déficit público y Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La deuda pública: Concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit: expansión y efecto expulsión.

Tema 13. La Hacienda multinivel: modelos de financiación. La Hacienda internacional: la doble imposición internacional. La armonización fiscal.

ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública

Tribunal titular

Presidente: Don Ángel Montero Cabrera, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Vocales:

Doña María Bueyo Díez Jalón, del Cuerpo de Abogados del Estado.

Doña María Sierra Expósito Provencio, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Don David Gómez Macho, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Don Pedro Piernas Fernández, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Doña María Isabel Badía Gamarra, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Secretario: Don Enrique Rollón Escudero, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Paz Pérez-Seoane Satrústegui, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Vocales:

Doña Alejandra González Madrid, del Cuerpo de Abogados del Estado.

Don Juan Ignacio González Tomé, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Doña María del Carmen Nieto Embid, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Don Roberto Moisén Gutiérrez, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Don Octavio Carazo Bueno, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda.

Secretaria: Doña Gabriela Enma López Barja de Quiroga, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

En el caso de que fuera necesario, el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, así como personal de apoyo administrativo.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Hacienda y Función Pública»

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública»; «Código», se consignará «0605»

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» para los aspirantes de acceso libre y «P» para los que participen por promoción interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Hacienda y Función Pública».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada esta convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad» los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 22, los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo consignando la letra «G».

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Arquitecto» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.

En el recuadro 27, apartado A, los aspirantes consignarán el idioma elegido para el primer ejercicio (inglés o francés).

En el recuadro 27, apartado B, se consignará la opción de evaluación del conocimiento de idioma, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita o, «TITULACIÓN» si se va a presentar alguna de las titulaciones reconocidas en el Marco Europeo de Referencia de Lengua, conforme a lo señalado en la Convocatoria.

En el recuadro 27, apartado C, los aspirantes por el turno de promoción interna consignarán «F» si son personal funcionario y «L» si son personal laboral fijo.

En el recuadro 27, apartado C, los aspirantes por el turno de promoción interna consignarán el cuerpo o escala de pertenencia en caso de ser funcionarios, y la categoría profesional en el caso de tener la condición de personal laboral fijo.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre, y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros para acceso libre y 7,79 euros para promoción interna.

Las causas de exención de pago de tasas son las recogidas en la Base Específica 7.10.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V.1

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/45/4695_12830995_1.png

ANEXO V.2

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/45/4695_12830995_2.png

ANEXO VI

Don/doña: ............................................................................., con domicilio en .................................................................., NRP: .................... solicito que, en la fase de concurso de las pruebas de acceso, por promoción interna, al Cuerpo/Escala de  ..................................................., el órgano convocante consulte los datos que figuran en mi expediente del Registro Central de Personal y doy mi conformidad para que estos sean los que se valoren como méritos en dicha fase de concurso.

En ………………………, a …………. de ………… de 20….

(Firma)

Subdirección General de Recursos Humanos. Ministerio de Hacienda y Función Pública.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/02/2023
  • Fecha de publicación: 22/02/2023
  • Convocatoria. Turno libre Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública 107 plazas. Promoción interna 12 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
    • los nombramientos, por Resolución de 12 de noviembre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-24044).
    • la resolución, por Resolución de 9 de abril de 2024 (Ref. BOE-A-2024-7649).
  • SE MODIFICA la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo, por Resolución de 29 de septiembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-20577).
  • SE APRUEBA la relación de personas admitidas y excluidas y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Resolución de 4 de abril de 2023 (Ref. BOE-A-2023-9064).

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