El artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que para ingresar en los centros docentes militares de formación con objeto de acceder a las escalas de oficiales de los cuerpos generales y de infantería de marina, se podrá ingresar, en los cupos de plazas que se determinen, con las titulaciones de grado universitario que se establezcan, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del cuerpo y especialidad fundamental a que se vaya a acceder. Además, el artículo 65.1 de la citada ley establece que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional establecidos por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en su ámbito competencial.
Asimismo, la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Orden DEF 336/2021, de 7 de abril, determina dichas titulaciones necesarias.
El Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, establece como objetivo que el alumnado adquiera las competencias y perfiles necesarios para el ejercicio profesional en el primer empleo. También señala los principios de la enseñanza de formación, siendo uno de ellos promover el uso de las nuevas tecnologías para mejorar la enseñanza de formación, utilizando las capacidades y posibilidades que proporciona la enseñanza virtual como complemento y apoyo a la formación presencial. En este sentido, el artículo 24.1 de dicho Reglamento, señala que, a tales fines, se utilizará el Campus Virtual Corporativo del Ministerio de Defensa (CVCDEF), creado como sistema corporativo común para llevar a cabo el proceso de enseñanza y aprendizaje en un entorno virtual, así como facilitar y apoyar la enseñanza de formación. Este uso de las nuevas tecnologías plantea la necesidad de incorporar a los currículos ciertos contenidos relacionados con ciberdefensa, seguridad de la información y transformación digital que potencien la capacitación digital de los alumnos.
Por otra parte, el artículo 14 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, establece el diseño y contenido de los currículos. Asimismo, su artículo 15 dispone que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por la persona titular de la Subsecretaría de Defensa y aprobados por la persona titular del Ministerio de Defensa.
Mediante la Instrucción Permanente 3/2010, de 21 de diciembre, del Almirante Jefe de Personal de la Armada por la que se establecen los perfiles y competencias, a efectos de enseñanza de formación, del oficial de la Armada para su acceso a la escala, y la Instrucción Permanente 4/2011,de 27 de abril, del Almirante Jefe de Personal de la Armada, por la que se establecen los perfiles y competencias, a efectos de enseñanza de formación, del oficial de complemento de la Armada para su adscripción al cuerpo correspondiente, se definen las competencias generales que deben adquirir todos los oficiales de la Armada y las competencias específicas de sus respectivos cuerpos en los ámbitos del empleo de la Fuerza y del Apoyo a la Fuerza de la Armada. Igualmente, mediante la Directiva 8/2020, de 22 de mayo, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, sobre los perfiles de carrera de las escalas de oficiales de los diferentes cuerpos de la Armada, se determina el perfil profesional de referencia, estableciendo los cometidos que el oficial del Cuerpo General y de Infantería de Marina deberá desempeñar en su primer empleo.
El currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso con titulación, fue aprobado por la Orden DEF/1664/2015, de 29 de julio. La experiencia adquirida desde su implantación y las conclusiones de los sucesivos procesos de evaluación de calidad de la enseñanza internos y externos, pusieron de manifiesto la necesidad de equilibrar la carga docente asignada a algunas materias de los módulos de Formación Militar Específica y Técnica así como de intensificar la Instrucción y Adiestramiento, todo ello para asegurar la obtención de las competencias profesionales establecidas en el perfil de egreso.
Por tanto, se hace necesario modificar los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso con titulación previa. En los currículos que aprueba esta orden ministerial se han tenido en cuenta las competencias proporcionadas por las titulaciones de ingreso definidas por la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo, de tal forma que se han sustituido algunas asignaturas correspondientes a los módulos de Fundamentos Científico Técnicos, Sistemas de Información y Comunicaciones, Tecnología Naval, así como Topografía y Construcción, por otras asignaturas de aplicación de la ingeniería a las Plataformas y Sistemas Navales, y de Infantería de Marina para potenciar el aprendizaje de habilidades y destrezas específicas mediante las actividades de Instrucción y Adiestramiento. En ambos currículos se han reorganizado los contenidos de las materias de Formación Militar Específica y Técnica para acompasar la asimilación de contenidos teóricos con la obtención de destrezas y habilidades profesionales a través de una secuencia progresiva de las actividades de Instrucción y Adiestramiento que consolide gradualmente la formación integral del alumno desde el ingreso hasta su egreso.
Esta orden ministerial establece la planificación temporal de los planes de estudio y el centro donde se imparten, indicando para cada cuerpo los créditos ECTS («European Credit Transfer System») de las asignaturas, las materias a las que pertenecen y los módulos en los que están inmersos. También, se incluyen los créditos, ECTS o anteriores, que se les reconocen a los alumnos de procedencia militar y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto y para todos aquellos alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial.
Por otra parte, se hace referencia a los módulos de formación en idioma inglés, haciendo constar que, dada su importancia, se podrá incorporar su aprendizaje en otros módulos mediante el desarrollo, en dicho idioma, de la totalidad o parte de alguna de las asignaturas que los integran.
Para aquellos alumnos que se integren a la escala de oficiales del Cuerpo General o de Infantería de Marina mediante promoción procedente de Militar de Complemento se establece una planificación temporal específica de su plan de estudios de un año de duración.
Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Desde el punto de vista de los principios de necesidad, eficacia y eficiencia, esta disposición está justificada por una razón de interés, cual es la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso con titulación.
De igual forma, la norma garantiza la seguridad jurídica al ejercerse de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional para generar un marco normativo integrado y estable, y es conforme a las exigencias del principio de transparencia, ya que sus objetivos están claramente definidos. Así, durante su tramitación, esta orden ministerial fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se dio conocimiento del mismo al resto de las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informada por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, fueron sustanciados los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública, conforme a los artículos 26.2 y 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 15.2 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, dispongo:
Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso con titulación, cuyos textos se insertan a continuación.
1. Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, ingresados mediante la forma de ingreso con exigencia de titulación previa, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, los siguientes empleos:
a) Guardiamarina: una vez finalizado el primer trimestre del primer curso.
b) Alférez de fragata o alférez alumno: cuando reúnan las condiciones exigidas para pasar al segundo curso.
2. Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción como militar de complemento a la escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, los siguientes empleos:
a) Guardiamarina: una vez finalizado el primer trimestre del curso.
b) Alférez de fragata o alférez alumno: durante el periodo de las once últimas semanas de prácticas del módulo de Instrucción y Adiestramiento hasta la fecha de egreso.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
1. Queda derogada la Orden DEF 1664/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso con titulación.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de febrero de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican en dos principales:
1. Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y común, por tanto, para los oficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina. Este perfil aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya orientación es garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con una adecuada capacidad de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y compromiso ético para el ejercicio de la profesión militar a bordo de buques de guerra y de unidades de Infantería de Marina.
2. Perfiles específicos para cada cuerpo. Estos perfiles son la suma de las competencias específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su primer empleo operativo en las unidades de la Armada, siendo éstos los siguientes:
a) Perfil de oficial del Cuerpo General. Las competencias específicas deben capacitarle para ejercer como oficial de destino, oficial de guardia en el puente, oficial de guardia en puerto y jefe del Trozo de Seguridad Interior en los diferentes tipos de buques de la Flota, así como realizar funciones para contribuir y participar en el control de operaciones (responsable, entre otros cometidos, del mantenimiento de la situación táctica, empleo de los sistemas de combate, armas e información y comunicaciones).
b) Perfil de oficial del Cuerpo de Infantería de Marina. Las competencias específicas deben capacitarle para ejercer el mando de una unidad tipo Sección en los batallones de fusiles del Tercio de Armada y ejercer como Oficial de la Guardia Militar en bases/instalaciones y Jefe de Dispositivos de Seguridad en el ámbito de la Fuerza de Protección, así como realizar funciones para contribuir a los cometidos operativos propios de una unidad tipo Compañía o Batallón de Fusiles del Tercio de Armada.
3. Asimismo, se han contemplado también las competencias específicas necesarias para dirigir un destino en una unidad de la Armada, como son las relativas a la gestión de los mantenimientos, la instrucción y el adiestramiento, y el liderazgo.
4. Finalmente, se han incluido los conocimientos y habilidades para potenciar la capacitación digital en el desempeño de sus competencias genéricas y específicas en el marco de la Transformación Digital del Ministerio de Defensa y de la Armada.
A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes:
Curso: 1.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 | |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | 2 |
Derecho Marítimo. | 3 | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | 1 | ||
Liderazgo. | 3 | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | 1 |
Tecnología Naval. | Control de Plataforma. | 6 | |
Seguridad Interior I, II y III y SEGOP/PRL. | 6 | ||
Maniobra y Navegación. | Maniobra y Navegación I. | 12 | |
Táctica Naval. | Táctica Naval I. | 3 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | 3 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 SEM |
Instrucción y Adiestramiento I. | 14 SEM | ||
Instrucción y Adiestramiento I. | 250 HRS |
Curso: 2.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | 2 |
Formación Militar Técnica. | Tecnología Naval. | Seguridad Interior IV. | 4 |
Maniobra y Navegación. | Maniobra y Navegación II. | 12 | |
Táctica Naval. | Táctica Naval II. | 12 | |
Sistemas de Armas. | Sistema de Combate. | 6 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | 8 |
Segundo Idioma (Optativa). | Lengua Francesa. | ||
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II. | 14 SEM |
Instrucción y Adiestramiento II. | 250 HRS |
Curso: 1.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Militar Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 | |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | 2 |
Derecho Marítimo. | 3 | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | 1 | ||
Liderazgo. | 3 | ||
Formación Militar Técnica | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | 1 |
Táctica. | Táctica I. | 10 | |
Táctica II. | 7 | ||
Sistemas de Armas, Seguridad y Protección. | Sistemas IM I. | 5 | |
Sistemas IM II. | 3 | ||
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | 3 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 SEM |
Instrucción y Adiestramiento I. | 14 SEM | ||
Instrucción y Adiestramiento I. | 300 HRS |
Curso: 2.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | 2 |
Formación Militar Técnica. | Tecnología Naval IM. | SEGOP/PRL. | 1 |
Maniobra y Navegación IM. | Maniobra y Navegación IM. | 3 | |
Táctica. | Táctica III. | 8 | |
Operaciones Anfibias. | 7 | ||
Sistemas de Armas, Seguridad y Protección. | Sistemas IM III. | 8 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | 8 |
Segundo Idioma (Optativa). | Lengua Francesa. | ||
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II. | 14 SEM |
Instrucción y Adiestramiento II. | 300 HRS |
1. Podrán ser reconocidos al alumno vinculado profesionalmente con las Fuerzas Armadas y a solicitud de los interesados, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar y los créditos correspondientes a los módulos, materias y asignaturas que se indican a continuación, según su procedencia:
a) Militar de complemento: el módulo de Formación Militar General y la materia Formación Militar en la Armada, del módulo Formación Militar Específica.
b) Escala de suboficiales: la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General, y las asignaturas Formación Militar I y Formación Militar II, de la materia de Formación Militar, del módulo de Formación Militar General.
c) Escala de tropa o marinería: la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General.
2. El alumno que acceda mediante promoción por cambio de escala, cuando se encuentre en la fase de integración a la escala de oficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina, cursará, como norma general, los módulos, materias y asignaturas que a continuación se indican, siempre que se le reconozcan los créditos del resto de los contenidos de este currículo:
Curso: 2.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Técnica. | Tecnología Naval. | Seguridad Interior IV. | 4 |
Maniobra y Navegación. | Maniobra y Navegación II. | 12 | |
Táctica Naval. | Táctica Naval II. | 12 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | 8 |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II. | 14 SEM |
Instrucción y Adiestramiento II. | 250 HRS |
Curso: 2.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Técnica. | Táctica. | Táctica III. | 8 |
Operaciones Anfibias. | 7 | ||
Sistemas de Armas, Seguridad y Protección. | Sistemas IM III. | 8 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | 8 |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 6 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento II. | 14 SEM |
Instrucción y Adiestramiento II. | 300 HRS |
3. Al alumno que provenga del sistema de promoción por cambio de escala y que hubiese cursado planes de estudios anteriores al del currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción de los militares de complemento a la escala de oficiales del Cuerpo General o de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso con titulación previa de esta orden ministerial, se le podrá reconocer los créditos de las materias y asignaturas de este plan de estudios que hayan cursado anteriormente.
4. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la junta docente tengan similar duración, número de créditos y contenido.
A continuación se relacionan aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto y para todos aquellos alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial:
Curso: 1.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | T | ||
Formación Militar III. | T | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | T |
Derecho Marítimo. | T | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | T | ||
Liderazgo. | T | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | T |
Tecnología Naval. | Control de Plataforma. | P | |
Seguridad Interior I, II y III y SEGOP/PRL. | P | ||
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | T |
Curso: 2.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | T |
Sistemas de Armas | Sistema de Combate | P | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | T |
Segundo Idioma (Optativa). | Lengua Francesa. | T | |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | T |
Curso: 1.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Militar Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | T | ||
Formación Militar III. | T | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | T |
Derecho Marítimo. | T | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | T | ||
Liderazgo. | T | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | T |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | T |
Curso: 2.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | T |
Formación Militar Técnica. | Tecnología Naval IM. | SEGOP/PRL. | T |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés II. | T |
Segundo Idioma (Optativa). | Lengua Francesa. | T | |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | T |
La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | P |
Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican en dos principales:
1. Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y común, por tanto, para los oficiales del Cuerpo General y de Infantería de Marina. Este perfil aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya orientación es garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con una capacidad adecuada a su nivel de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y compromiso ético para el ejercicio de la profesión militar a bordo de buques de guerra y de unidades de Infantería de Marina.
2. Perfiles específicos para cada cuerpo. Estos perfiles son la suma de las competencias específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su primer empleo operativo en las unidades de la Armada, siendo éstos los siguientes:
a) Perfil de oficial de complemento del Cuerpo General. Las competencias específicas deben capacitarle para iniciarse y poder auxiliar con solvencia y seguridad como oficial de los principales controles de un buque de guerra, como son el control de plataforma (responsable, entre otros cometidos, de la seguridad en la navegación, maniobra, energía y propulsión y seguridad interior); y el control de operaciones (responsable, entre otros cometidos, del mantenimiento de la situación táctica, empleo de los sistemas de combate, armas e información y comunicaciones).
b) Perfil de oficial de complemento del Cuerpo de Infantería de Marina. Las competencias específicas deben capacitarle para iniciarse y poder auxiliar con solvencia y seguridad como oficial de la fuerza expedicionaria, y por lo tanto, para tratar aspectos relacionados con las operaciones anfibias y posterior desarrollo de las operaciones de combate en tierra; y como oficial de la fuerza de protección, y por lo tanto, para tratar, entre otros, aspectos relacionados con la inteligencia, seguridad y protección de instalaciones y la visita y registro de buques.
3. Asimismo, se han contemplado también las competencias específicas necesarias para dirigir un destino en una unidad de la Armada, como son las relativas a la gestión de los mantenimientos, la instrucción y el adiestramiento y el liderazgo.
4. Finalmente, se han incluido los conocimientos y habilidades para potenciar la capacitación digital en el desempeño de sus competencias genéricas y específicas en el marco de la Transformación Digital del Ministerio de Defensa y de la Armada.
A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por curso, con sus módulos correspondientes:
Curso: 1.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 | |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | 2 |
Derecho Marítimo. | 3 | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | 1 | ||
Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | 2 | ||
Liderazgo. | 3 | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | 1 |
Tecnología Naval. | Control de Plataforma. | 6 | |
Seguridad Interior I, II y III y SEGOP/PRL. | 6 | ||
Maniobra y Navegación. | Maniobra y Navegación I. | 12 | |
Táctica Naval. | Táctica Naval I. | 3 | |
Sistemas de Armas. | Sistema de Combate. | 6 | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | 3 |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 3 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 SEM |
Instrucción y Adiestramiento I. | 11 SEM | ||
Instrucción y Adiestramiento I. | 250 HRS |
Curso: 1.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | ECTS |
Formación Militar General. | Formación Militar Básica. | Formación Militar Básica I. | 1,5 |
Formación Militar Básica II. | 1,5 | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | 2 | |
Formación Militar II. | 2,5 | ||
Formación Militar III. | 2,5 | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | 2 |
Derecho Marítimo. | 3 | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | 1 | ||
Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | 2 | ||
Liderazgo. | 3 | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | 1 |
Tecnología Naval IM. | SEGOP/PRL. | 1 | |
Maniobra y Navegación IM. | Maniobra y Navegación IM. | 3 | |
Táctica. | Táctica I. | 10 | |
Táctica II. | 7 | ||
Sistemas de Armas, Seguridad y Protección. | Sistemas IM I. | 5 | |
Sistemas IM II. | 3 | ||
Seguridad y Protección. | 2 | ||
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | 3 |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | 3 |
Instrucción y Adiestramiento. | Instrucción y Adiestramiento. | Fase de Acogida, Orientación y Adaptación a la Vida Militar. | 2 SEM |
Instrucción y Adiestramiento I. | 11 SEM | ||
Instrucción y Adiestramiento I. | 300 HRS |
Podrán ser reconocidos al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional para cursar el anterior plan de estudios, y a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo de Instrucción y Adiestramiento y los créditos correspondientes a los módulos, materias y asignaturas que se indican a continuación según su procedencia:
a) Escala de suboficiales: la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General, y las asignaturas Formación Militar I y Formación Militar II, de la materia de Formación Militar, del módulo de Formación Militar General.
b) Escala de tropa o marinería: la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General.
Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la Junta Docente tengan similar duración, número de créditos y contenido.
A continuación se relacionan aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto y para todos aquellos alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial:
Curso: 1.º Cuerpo General | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | |
Formación Militar General. | Formación Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | T | ||
Formación Militar III. | T | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | T |
Derecho Marítimo. | T | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | T | ||
Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | T | ||
Liderazgo. | T | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | T |
Tecnología Naval. | Control de Plataforma. | P | |
Seguridad Interior I, II y III y SEGOP/PRL. | P | ||
Sistemas de Armas. | Sistema de Combate. | P | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I | T |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | T |
Curso: 1.º Cuerpo de Infantería de Marina | Centro: Escuela Naval Militar | ||
---|---|---|---|
Módulo | Materia | Asignatura | |
Formación Militar General. | Formación Militar Básica. | Formación Militar Básica I. | T |
Formación Militar Básica II. | T | ||
Formación Militar. | Formación Militar I. | T | |
Formación Militar II. | T | ||
Formación Militar III. | T | ||
Formación Militar Específica. | Formación Militar en la Armada. | Historia Naval. | T |
Derecho Marítimo. | T | ||
Normativa y Legislación en el Ciberespacio. | T | ||
Logística y Gestión de Recursos en la Armada. | T | ||
Liderazgo. | T | ||
Formación Militar Técnica. | Sistemas CIS. | Conceptos Generales de Ciberdefensa. Ciberguerra. | T |
Tecnología Naval IM. | SEGOP/PRL. | T | |
Sistemas de Armas, Seguridad y Protección. | Seguridad y Protección. | T | |
Formación en Idioma Extranjero. | Inglés. | Inglés I. | T |
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | TFF. | T |
La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:
Módulo | Materia | Asignatura | |
---|---|---|---|
Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | Trabajo Fin de Formación. | P |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid