Advertidos errores en la Orden APA/594/2022, de 19 de junio, por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2022-2023, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 154, de 28 de junio de 2022, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 91205, artículo 1.f):
Donde dice: «f) Zona comprendida entre la demora de 123.º trazada desde la desembocadura del rio Sènia, en situación de 040.º- 31,45’ de latitud Norte y 000.º- 31,00’ de longitud Este y el paralelo de 039.º- 21,50’ de latitud Norte (Gola del Perelló), para el año 2022 del 1 al 31 de diciembre, ambos incluidos, y para el año 2023 del 1 al 31 de enero, ambos incluidos y del 1 al 31 de diciembre, ambos incluidos.»
Debe decir: «f) Zona comprendida entre la demora de 123.º trazada desde la desembocadura del río Sènia, en situación de 040.º- 31,45’ de latitud Norte y 000.º- 31,00’ de longitud Este y el paralelo de 039.º- 44,40’ de latitud Norte (Gola del Perelló), para el año 2022 del 1 al 31 de diciembre, ambos incluidos, y para el año 2023 del 1 al 31 de enero, ambos incluidos y del 1 al 31 de diciembre, ambos incluidos.».
En la página 91205, artículo 1.g):
Donde dice: «g) Zona comprendida entre el paralelo de 039.º- 21,50’ Norte (Gola del Perelló) y la demora de 120.º trazada desde el punto situado en 37.º- 50,90’ de latitud Norte y 000.º- 45,70’ de longitud Oeste, del 6 de diciembre de 2023 al 6 de enero de 2024, ambos incluidos.»
Debe decir: «g) Zona comprendida entre el paralelo de 039.º- 44,40’ Norte (Gola del Perelló) y la demora de 120.º trazada desde el punto situado en 37.º- 50,90’ de latitud Norte y 000.º- 45,70’ de longitud Oeste, del 6 de diciembre de 2023 al 6 de enero de 2024, ambos incluidos.»
Madrid, 4 de octubre de 2022.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
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