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Documento BOE-A-2022-1441

Real Decreto 88/2022, de 25 de enero, sobre el cambio de titularidad de un tramo de la carretera nacional N-420 a favor del Ayuntamiento de Puertollano y de varios viales de titularidad municipal a favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2022, páginas 11978 a 11985 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-1441
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/01/25/88

TEXTO ORIGINAL

La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, en su artículo 4.8, dispone que la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse, mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Fomento, por:

a) El cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo con otras administraciones públicas.

b) La cesión a otras administraciones públicas, respecto de aquellas carreteras que, perteneciendo a la Red de Carreteras del Estado, no forman parte de la Red Básica, cuando por sus características y funcionalidad no fuera necesaria su permanencia en dicha red.

c) La incorporación de carreteras cuya titularidad corresponda a otras administraciones públicas, siempre que cumplan las funciones propias de la Red de Carreteras del Estado.

El procedimiento para tramitar dicho cambio de titularidad se regula por el artículo 12 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, que exige la incoación y tramitación del correspondiente expediente, que, junto con el Acuerdo de las administraciones interesadas, se elevará por el Ministro de Fomento al Gobierno para su aprobación por Real Decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.

El 29 de noviembre de 2021 el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ayuntamiento de Puertollano firmaron un Acuerdo sobre el cambio de titularidad:

– A favor del Ayuntamiento de Puertollano, del tramo de carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, comprendido entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200), actualmente de titularidad estatal.

– A favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de los viales de titularidad municipal siguientes:

•  Calle Granada.

•  Tramo de Calle Conde de Valmaseda.

•  Puente de San Agustín.

•  Calle San Sebastián.

•  Vía enlace entre barriadas.

•  Enlace Plaza de Alcolea.

Que pasarán a formar parte de la carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, excluyendo la titularidad de las glorietas que atraviesan el recorrido, salvo la continuidad de la calzada, así como todos los elementos próximos a la vía que se encuentren fuera de la calzada de la misma (acerados, barandillas, farolas, ornamentación, etc.).

Por medio de estas cesiones se modificará el actual trazado de la carretera N-420 a su paso por la población de Puertollano, por un itinerario alternativo que proporciona un mejor nivel de servicio y mejorará su funcionalidad, cumpliendo en todo caso la carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, las funciones propias de la Red de Carreteras del Estado, como establece el artículo 4.8.c) de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, al enlazar varias comunidades autónomas, conectando los principales núcleos de población a lo largo de su trazado formando parte de una red continua que soporta regularmente tráfico de largo recorrido.

El cambio de titularidad no conlleva transferencia de capital alguno, no generándose obligaciones económicas o gasto para la Administración General del Estado.

El Acuerdo dispone que el cambio de titularidad de dichos tramos se elevará al Gobierno para su aprobación por real decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.

El tramo de la carretera N-420 comprendido entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200) pertenece en la actualidad a la Red de Carreteras del Estado y, tras el cambio de titularidad, pasará a ser competencia del Ayuntamiento de Puertollano, mientras que los viales de titularidad municipal antes referidos pasarán a formar parte del trazado de la carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, a su paso por el término municipal de Puertollano.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de enero de 2022,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la Red de Carreteras del Estado.

Conforme al artículo 4.8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, y en virtud del Acuerdo de 29 de noviembre de 2021, anexo a este real decreto, entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ayuntamiento de Puertollano, sobre el cambio de titularidad de un tramo de la carretera N-420 a favor del Ayuntamiento de Puertollano y de varios viales de titularidad municipal al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, queda excluido el tramo definido a continuación del Catálogo de la Red de Carreteras del Estado, para su cesión al Ayuntamiento de Puertollano:

– Tramo de carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, comprendido entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200), actualmente de titularidad estatal.

Que será sustituido, e incluido en el Catálogo Oficial de la Red de Carreteras del Estado, por el itinerario constituido por los viales:

– Calle Granada.

– Tramo de calle Conde de Valmaseda.

– Puente de San Agustín.

– Calle San Sebastián.

– Vía enlace entre barriadas.

– Enlace Plaza de Alcolea.

Que pasarán a formar parte de la carretera N-420, de Córdoba a Tarragona por Cuenca, excluyendo la titularidad de las glorietas que atraviesan el recorrido, salvo la continuidad de la calzada, así como todos los elementos próximos a la vía que se encuentren fuera de la calzada de la misma (acerados, barandillas, farolas, ornamentación, etc.).

El cambio de titularidad no conlleva transferencia de capital alguno por parte de la Administración General del Estado.

Artículo 2. Formalización del cambio de titularidad.

El cambio de titularidad se formalizará mediante acta de entrega y recepción, suscrita por los representantes de las administraciones interesadas, lo cual determinará la cesión.

En el acta de entrega y recepción se determinarán con precisión los límites de los tramos afectados y de los bienes anejos a éstos, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.3 del Reglamento General de Carreteras. El cambio de titularidad será efectivo a partir de la formalización del acta de entrega correspondiente, que se suscribirá en el plazo de 15 días desde la entrada en vigor del presente real decreto. En ese momento se realizará la entrega de la documentación y expediente del tramo de carretera objeto del cambio de titularidad.

Se faculta al Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha para firmar la mencionada acta en representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de competencias.

En tanto no se formalice el cambio de titularidad, la Administración General del Estado seguirá siendo competente respecto del tramo de la carretera N-420 de Córdoba a Tarragona por Cuenca que se cede y el Ayuntamiento de Puertollano de los viales municipales objeto de cesión.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en el Consulado General de España en San Juan de Puerto Rico, el 25 de enero de 2022.

FELIPE R.

La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,

RAQUEL SÁNCHEZ JIMÉNEZ

ACUERDO SOBRE EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE UN TRAMO DE LA CARRETERA NACIONAL N-420 A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO Y DE VARIOS VIALES DE TITULARIDAD MUNICIPAL AL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

En Madrid, a 29 de noviembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Raquel Sánchez Jiménez, Ministra de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud del Real Decreto 528/2021, de 10 de julio, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 165, de 12 de julio), y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre) y del artículo 4.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (BOE de 28 de noviembre), así como las competencias conferidas por la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras (BOE de 30 de septiembre), y conforme al Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Y, de otra parte, don Adolfo Muñiz Lorenzo, alcalde de Puertollano, en representación del Ayuntamiento de Puertollano en virtud del Acuerdo del Pleno Municipal de fecha 15 de julio de 2021.

Ambas partes declaran, y así se reconocen mutuamente, la capacidad legal suficiente para la firma de este Acuerdo, y

MANIFIESTAN

Primero.

Que el artículo 149.1, 21.ª y 24.ª, de la Constitución Española, atribuye al Estado la competencia sobre el régimen general de comunicaciones y sobre las obras públicas de interés general.

Por su parte, el artículo 4.4. de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece que la Red de Carreteras del Estado está constituida por las carreteras integradas en un itinerario de interés general o cuya función en el sistema de transporte afecte a más de una Comunidad Autónoma.

De acuerdo con el artículo 4.8. de la Ley 37/2015, la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse por:

a) El cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo con otras Administraciones Públicas.

b) La cesión a otras administraciones públicas, respecto de aquellas carreteras que, perteneciendo a la Red de Carreteras del Estado, no forma parte de la Red Básica, cuando por sus características y funcionalidad no fuera necesaria su permanencia en dicha red.

c) La incorporación de carreteras cuya titularidad corresponda a otras administraciones públicas siempre que cumplan las funciones propias de la Red de Carreteras del Estado.

Segundo.

El artículo 12 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, establece que «el cambio de titularidad de una carretera entre la Administración General del Estado y otras Administraciones Públicas se acordará entre ellas, previa la incoación y tramitación del correspondiente expediente por la Dirección General de Carreteras; instruido el expediente, con el acuerdo de las Administraciones interesadas, se elevará por el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente al Gobierno para su aprobación por Real Decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado; este cambio de titularidad se formalizará mediante Acta de Entrega suscrita por las Administraciones interesadas, en la que se definirán con precisión los límites del tramo afectado y bienes anejos; además, dispone que el cambio de titularidad no podrá afectar a los itinerarios de interés general».

Tercero.

Por su parte, el Ayuntamiento de Puertollano actúa de acuerdo con las competencias propias que, en materia de urbanismo, le atribuye el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Cuarto.

Que, el Ayuntamiento de Puertollano, en el ámbito de la Estrategia Territorial Integrada, denominada Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado (ADUSI) Puertollano, aprobada por unanimidad por el Pleno del Ayuntamiento de 16 de noviembre de 2018, y con objeto de acometer las actuaciones de Remodelación de la Calle Ancha de Puertollano y la Remodelación del Paseo del Bosque de Puertollano, solicita la cesión de la titularidad del tramo de N-420 comprendido entre los PP.KK. 158+150 y 158+2960 (p.k. virtual 159+200) en la alternativa 1 y entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200) en la alternativa 2.

Quinto.

Que el tramo de carretera de la N-420 comprendido entre los PP.KK. 158+150 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200), de unos 2.700 m de longitud, que recibe sucesivamente la denominación de: Apartadero de Calatrava; Calle Hernán Cortés; Calle Córdoba; Calle Vía Crucis; Calle Ricardo Cabañero; Paseo de San Gregorio (calzada descendente) y Avenida Ciudad Real, pertenece en la actualidad a la Red de Carreteras del Estado.

Sexto.

Que, como expone el Ayuntamiento de Puertollano existen dos itinerarios alternativos al trazado actual de la N-420 a su paso por su término municipal que, siendo más cortos, mejorarían la funcionalidad y el nivel de servicio de ese tramo de carretera, y permitirían acortar los tiempos de recorrido, favoreciendo su utilización por el tráfico de largo recorrido.

Esta mejora en la funcionalidad de la carretera es tan clara que los callejeros digitales más utilizados recogen erróneamente el itinerario de la N-420 a su paso por el TM de Puertollano dando por oficial el trazado de uno de los itinerarios alternativos antes referidos.

Séptimo.

Que, tanto para el cumplimiento de los objetivos del Ayuntamiento de Puertollano, como para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, porque se produce una mejora de su funcionalidad, interesa modificar el trazado actual de la N-420 a su paso por Puertollano, intercambiando una serie de tramos con el Ayuntamiento de cara a asegurar su continuidad.

Octavo.

Que, para hacer posible el cambio de titularidad del tramo de N-420 requerido por el Ayuntamiento de Puertollano sin que se produzca un menoscabo de la continuidad de la Red de Carreteras del Estado, el Ayuntamiento ofrece ceder al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana los viales municipales que forman los itinerarios siguientes:

– Alternativa 1: Glorieta con CR-5033 - Accesos calle Conde Valmaseda; Calle Conde Valmaseda; Calle San Sebastián; Vía de enlace entre barriadas; Glorieta Fernando El Santo; enlace Plaza de Alcolea; Glorieta Virgen de Gracia.

– Alternativa 2: Glorieta con CR-5033; Apartadero Calatrava: Calle Granada; tramo de calle Conde de Valmaseda, Puente San Agustín; Calle San Sebastián; Vía enlace entre barriadas; Glorieta Fernando El Santo; enlace Plaza de Alcolea; Glorieta Virgen de gracia.

Noveno.

Que, por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se ha verificado que la cesión del tramo de N-420 entre los PP.KK. 158+150/158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200) a favor del Ayuntamiento de Puertollano y la aceptación del cambio de itinerario para la N-420 planteado en cualquiera de las dos las alternativas propuestas por el Ayuntamiento de Puertollano proporcionarían un mejor nivel de servicio en la carretera N-420, en términos de longitud y tiempos de recorrido y sería beneficioso para los intereses del municipio, dado que aleja el tráfico principal del centro urbano, reduciendo la contaminación acústica y ambiental que soportan actualmente los ciudadanos, mejorando, asimismo, la seguridad vial.

Décimo.

Que, los viales cedidos por el Ayuntamiento de Puertollano al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana formarán parte de la carretera N-420 de Córdoba a Tarragona por Cuenca, que cumple las funciones propias de la Red de Carreteras del Estado, como establece el artículo 4.8.c) de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y enlaza varias comunidades autónomas, conectando los principales núcleos de población a lo largo de su trazado formando parte de una red continua que soporta regularmente un tráfico de largo recorrido.

La carretera N-420 forma parte de la Red de Carreteras del Estado conforme a lo dispuesto en el Anexo II, Catálogo de la Red de Carreteras del Estado, de la Ley 37/2015, de Carreteras.

Undécimo.

Que, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está de acuerdo con ceder la titularidad del tramo de N-420 antes referido y aceptar la cesión de los viales que conforman la Alternativa 2 propuesta por el Ayuntamiento de Puertollano, excluyendo la titularidad de las glorietas que atraviesan el recorrido, salvo la continuidad de la calzada, así como todos los elementos próximos a la vía que se encuentren fuera de la calzada de la misma (acerados, barandillas, farolas, ornamentación, etc.).

Duodécimo.

Que el Ayuntamiento de Puertollano está de acuerdo en que la titularidad del tramo descrito de N-420 comprendido entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200) le sea cedido gratuitamente con objeto de acometer las actuaciones contempladas en la estrategia de Desarrollo urbano Sostenible Integrado de Puertollano.

En virtud de lo expuesto, ambas partes,

ACUERDAN

Primero.

El cambio de titularidad:

– Del tramo de N-420 entre los PP.KK. 158+810 y 158+2960 (P.K. virtual 159+200), actualmente de titularidad estatal, a favor del Ayuntamiento de Puertollano.

– De los viales de titularidad municipal siguientes, a favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

• Calle Granada.

• Tramo de calle Conde de Valmaseda

• Puente de San Agustín.

• Calle San Sebastián.

• Vía enlace entre barriadas.

• Enlace Plaza de Alcolea.

Que pasarán a formar parte de la N-420, excluyendo la titularidad de las glorietas que atraviesan el recorrido, salvo la continuidad de la calzada, así como todos los elementos próximos a la vía que se encuentren fuera de la calzada de la misma (acerados, barandillas, farolas, ornamentación, etc.).

Segundo.

El cambio de titularidad del tramo de carretera N-420 mencionado no conlleva, por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferencia alguna de medios económicos, personales o materiales al Ayuntamiento de Puertollano, el cual asumirá todas las competencias que dimanan de dicha titularidad y el ejercicio de las mismas a través, exclusivamente, de sus propios medios económicos, materiales y personales.

Tercero.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana elevará el presente Acuerdo al Gobierno para su aprobación por Real Decreto, con la consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado. La validez del presente Acuerdo queda supeditada a la citada aprobación.

Cuarto.

Los cambios de titularidad del tramo de carretera N-420 y de los viales de municipales objeto del presente Acuerdo serán efectivos a partir de la formalización del Acta de entrega correspondiente, que se suscribirá en un plazo máximo de quince días, a contar desde la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueben dichas cesiones.

Queda facultado para la firma del Acta de entrega el Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, en representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y el Alcalde de Puertollano, en representación del Ayuntamiento de Puertollano.

Quinto.

El presente Acuerdo tiene naturaleza jurídico-administrativa, correspondiendo al orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en su interpretación y cumplimiento.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes, quedará sin efecto lo establecido en el presente Acuerdo, retrotrayéndose la situación al estado anterior al de su suscripción, sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización por ninguna de las partes.

No obstante, con anterioridad a dirimir el conflicto en el ámbito jurisdiccional, las partes se comprometen a realizar el requerimiento regulado en el artículo 44 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Acuerdo por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez.–El Alcalde de Puertollano, Adolfo Muñiz Lorenzo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 25/01/2022
  • Fecha de publicación: 29/01/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 30/01/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 12 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (Ref. BOE-A-1994-20934).
  • EN RELACIÓN con la Ley 37/2015, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10439).
Materias
  • Carreteras
  • Ciudad Real
  • Demarcaciones de carreteras

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