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Documento BOE-A-2022-11045

Orden JUS/623/2022, de 21 de junio, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de seis juzgados, correspondientes a las programaciones de los años 2020 y 2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2022, páginas 93921 a 93922 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-11045
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/06/21/jus623

TEXTO ORIGINAL

Los Reales Decretos 1050/2020, de 1 de diciembre y 1052/2021, de 30 de noviembre, disponen la creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020 y de cincuenta y seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021, y de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial, respectivamente.

En los apartados segundo y quinto de la disposición final tercera de los Reales Decretos 1050/2020, de 1 de diciembre, y 1052/2021, de 30 de noviembre, se establece que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, la fecha de entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y constituyen en estos reales decretos, a excepción de aquellos mencionados en los apartados primero y tercero de la disposición final tercera de ambos, será fijada por la Ministra de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, con la presente orden finaliza la línea de actuación de implementación de las treinta y tres unidades judiciales COVID-19 y de las cincuenta y seis unidades judiciales y las cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial, materializada en la disposición final tercera de los Reales Decretos 1050/2020, de 1 de diciembre, y 1052/2021, de 30 de noviembre, y en las Ordenes JUS/227/2021, de 10 de marzo, y JUS/123/2022, de 23 de febrero.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se establece la fecha de entrada en funcionamiento, a petición de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander, así como para los Juzgados de Primera Instancia número 10 de Salamanca, de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ciudad Real, de lo Social número 6 de Palma y de lo Mercantil número 4 de Palma, al poder garantizar y facilitar la efectiva entrada en funcionamiento de estos seis juzgados con la dotación de todos los medios.

Además, conforme a lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 7 y el apartado sexto de la disposición final tercera del Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, desde la fecha de entrada en funcionamiento del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ciudad Real, será efectiva la transformación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real en Juzgado de lo Mercantil número 1 de Ciudad Real y se modifica la denominación y número del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ciudad Real en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, y en el apartado segundo de la disposición final tercera del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, y en los apartados segundo del artículo 7 y quinto y sexto de la disposición final tercera del Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1.  Objeto.

Esta orden tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, fijar la fecha de entrada en funcionamiento de tres juzgados COVID-19, correspondientes a la programación de 2020, previstos en el artículo 5 del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020, y de tres juzgados correspondientes a la programación de 2021, conforme a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, de creación de cincuenta y seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021, y de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial.

Artículo 2.  Fecha de entrada en funcionamiento de seis juzgados y efectividad, transformación y modificación de la denominación y número de un juzgado.

1. El día 31 de octubre de 2022 entrará en funcionamiento el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia.

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia, constituirá su sede en Cartagena, en virtud del Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de 11 de marzo de 2021, desde la fecha de su entrada en funcionamiento, en virtud de Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de diciembre de 2020, y conocerá de los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Cartagena y San Javier.

2. El día 31 de diciembre de 2022 entrarán en funcionamiento los juzgados que a continuación se relacionan:

a) Juzgado de Primera Instancia número 10 de Salamanca.

b) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ciudad Real.

c) Juzgado de lo Social número 6 de Palma.

d) Juzgados de lo Mercantil:

– Número 4 de Palma.

– Número 2 de Santander.

3. El día 31 de diciembre de 2022, será efectiva la transformación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real en Juzgado de lo Mercantil número 1 de Ciudad Real y la modificación de la denominación y del número del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ciudad Real en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real.

Madrid, 21 de junio de 2022.–La Ministra de Justicia, María Pilar Llop Cuenca.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/06/2022
  • Fecha de publicación: 04/07/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 7.2 y la disposición final 3 del Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre (Ref. BOE-A-2021-19797).
    • la disposición final 3.2 del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-15393).
    • el art. 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Baleares
  • Cantabria
  • Ciudad Real
  • Demarcación judicial
  • Juzgados de lo Mercantil
  • Juzgados de lo Social
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Salamanca

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