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Documento BOE-A-2021-8812

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1939-2021, en relación con los apartados 2, 3, 4 y 5 de la disposición adicional trigésima de la Ley del Parlament de Catalunya 12/2009, de 10 de julio, de Educación, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlament de Catalunya 5/2020, por posible vulneración de los arts. 9.3, 14, 24.1, 117, 142 y 149.1.6 CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2021, páginas 64158 a 64158 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2021-8812

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de mayo de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1939-2021 planteada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo núm. 122-2018, en relación con los apartados 2, 3, 4 y 5 de la disposición adicional trigésima de la Ley del Parlament de Catalunya 12/2009, de 10 de julio, de Educación, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlament de Catalunya 5/2020, por posible vulneración de los arts. 9.3, 14, 24.1, 117, 142 y 149.1.6 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso contencioso-administrativo núm. 122-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 18/05/2021
  • Fecha de publicación: 27/05/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA su desestimación, por Sentencia 159/2021, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-17108).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de lo indicado de la disposición adicional 30 de la Ley 12/2009, de 10 de julio, en la redacción dada por la Ley 5/2020, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2009-13038) y (Ref. BOE-A-2020-5569).
Materias
  • Ayuntamientos
  • Cataluña
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Guarderías infantiles

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