El artículo 4.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye al Jefe de Estado Mayor de la Defensa la facultad de designar las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro de sus competencias.
En aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas y con arreglo a la Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa, se regula la organización del Estado Mayor de la Defensa y sus unidades subordinadas.
En virtud de la referida Orden DEF, bajo la dependencia del Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), se encuentran el Cuartel General del Estado Mayor de la Defensa (CGEMAD), el Mando de Operaciones (MOPS), el Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas (CIFAS), el Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE), así como el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN). Asimismo, dentro de la estructura del CGEMAD se integran, entre otras unidades, tanto la Jefatura de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa, como el Gabinete y el Gabinete Técnico del JEMAD.
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de la Administración General del Estado podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en sus Organismos públicos y Entidades vinculados o dependientes, cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión.
En su virtud, resuelvo:
Delego en el Jefe de la Sección de Gestión y Apoyo de la Jefatura de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en las unidades del Estado Mayor de la Defensa, excepto en la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa, el Gabinete y Gabinete Técnico del JEMAD, el CESEDEN, y las que afecten al personal destinado en el extranjero dependiente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
Delego en el Secretario General del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en dicho organismo.
Delego en el Jefe del Gabinete Técnico del Jefe de Estado Mayor de la Defensa la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten a la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa y al personal destinado en el Gabinete del JEMAD y en el Gabinete Técnico del JEMAD.
En los actos administrativos que se adopten en aplicación de lo previsto en esta resolución, se deberá hacer constar expresamente el carácter de ejercicio de la autoridad delegada, así como la referencia expresa a esta disposición y a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
1. La delegación de competencias a que se refiere esta resolución será revocable en cualquier momento por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
2. Las competencias delegadas por medio de la presente resolución podrán ser objeto de avocación por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
1. Queda sin efecto la Resolución 200/38041/2016, de 1 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa, por la que se delegan competencias relativas a la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.
2. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de febrero de 2021.–El Almirante General, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.
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