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Documento BOE-A-2020-5474

Orden JUS/460/2020, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, por la que se dispone la fecha de efectividad de 22 plazas de magistrado en órganos colegiados, de entrada en funcionamiento de 45 juzgados correspondientes a la programación del año 2019, y de efectividad de 2 plazas de magistrado en la Sección de Apelación Penal de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Cataluña y de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 30 de mayo de 2020, páginas 35866 a 35867 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-5474
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/05/29/jus460

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, de creación de setenta y cinco unidades judiciales correspondientes a la programación de 2019, dispuso la creación y constitución de cincuenta y un nuevos Juzgados; la constitución pendiente de dos Juzgados de la Comunitat Valenciana, cuya creación se recoge en los anexos de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial; así como la dotación de una plaza de Magistrado para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y de veintiuna plazas de Magistrado en Audiencias Provinciales.

En la disposición final tercera del Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, se establece que la fecha de efectividad de las plazas de Magistrado en órganos judiciales colegiados, y la de entrada en funcionamiento de los Juzgados, serán fijadas por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial.

La implementación de las setenta y cinco unidades judiciales creadas en el Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, se ha materializado en las Órdenes JUS/767/2019, de 11 de julio, JUS/1134/2019, de 14 de noviembre, y JUS/1201/2019, de 11 de diciembre, si bien es preciso proceder a la modificación parcial de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, dada la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prorrogada por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, el Real Decreto 486/2020, de 10 de abril, el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, y el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, así como las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Esta situación anómala hace imposible materialmente la ejecución y finalización de las actuaciones necesarias que permitan garantizar la entrada en funcionamiento de determinadas unidades judiciales creadas y constituidas en el Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, en las fechas inicialmente establecidas, por lo que es preciso proceder a la modificación parcial de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio.

Por ello, se deja sin efecto las fechas establecidas inicialmente en la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, en su artículo 4, apartado 7, letras a), b) y c), para el 31 de mayo de 2020, y apartado 9, para el 30 de septiembre de 2020, y se procede a dejar sin efecto la fecha de entrada en funcionamiento de los Juzgados de Primera Instancia número 17 de Murcia, de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Toledo y número 7 de Molina de Segura y de lo Penal número 2 de Segovia.

Asimismo, y a petición de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según lo manifestado en la comunicación al Ministerio de Justicia, por la excepcionalidad de la situación actual y la consiguiente declaración del estado de alarma, no se puede ejecutar y finalizar las actuaciones precisas para garantizar la efectiva entrada en funcionamiento de los Juzgados de Primera Instancia número 9 de Huelva y número 21 de Málaga, de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Chiclana de la Frontera y de lo Penal número 15 de Málaga, establecida en la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, en su artículo 4, apartado 8, letras a), b) y c). Así, se procede, a solicitud de esa Comunidad, a dejar sin efecto la fecha inicialmente prevista y a aplazar la entrada en funcionamiento de estos cuatro Juzgados de conformidad con la nueva fecha indicada al Ministerio de Justicia por esa Comunidad.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, y en la disposición final tercera del Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, por la que se dispone la fecha de efectividad de 22 plazas de Magistrado en órganos colegiados, de entrada en funcionamiento de 45 Juzgados correspondientes a la programación del año 2019, y de efectividad de 2 plazas de Magistrado en la Sección de Apelación Penal de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Cataluña y de la Comunidad de Madrid.

1. Se deja sin efecto la fecha de entrada en funcionamiento, inicialmente establecida para el 31 de mayo de 2020 en el artículo 4, apartado 7, letras a), b) y c), de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, para el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Murcia, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Toledo y el Juzgado de lo Penal número 2 de Segovia.

2. Se deja sin efecto la fecha de entrada en funcionamiento, inicialmente establecida para el 30 de junio de 2020 en el artículo 4, apartado 8, letras a), b) y c), de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, para los siguientes órganos judiciales: los Juzgados de Primera Instancia número 9 de Huelva y número 21 de Málaga, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Chiclana de la Frontera y el Juzgado de lo Penal número 15 de Málaga. Se establece como nueva fecha de entrada en funcionamiento para estos Juzgados el 31 de octubre de 2020.

3. Se deja sin efecto la fecha de entrada en funcionamiento, inicialmente establecida para el 30 de septiembre de 2020 en el artículo 4, apartado 9, de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Molina de Segura.

Madrid, 29 de mayo de 2020.–El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/05/2020
  • Fecha de publicación: 30/05/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 30/05/2020
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO, en los términos señalados, lo indicado del art. 4.7, 8 y 9 de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2019-10464).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 3 del Real Decreto 256/2019, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2019-5564).
  • CITA:
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Demarcación judicial
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Juzgados de lo Mercantil
  • Juzgados de lo Social
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Magistrados
  • Tribunales Superiores de Justicia

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