Advertidos errores en la Circular 1/2020, de 9 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 14, de 16 de enero de 2020, procede efectuar las oportunas rectificaciones:
1. En la página 3986, sexto párrafo, donde el preámbulo de la norma dice: «En particular, en cuando a...», debe decir: «En particular, en cuanto a...».
2. En la página 3988, artículo 6.2, donde dice: «», debe decir: «».
3. En la página 3990, artículo 9.6, donde dice: «En el supuesto excepcional de que el operador del sistema...», debe decir: «En el supuesto excepcional de que el gestor técnico del sistema...».
4. En la página 3990, artículo 10.1, donde dice: «1. La retribución por incentivos (del gestor...», debe decir: «1. La retribución por incentivos del gestor...».
5. En la página 3992, disposición adicional primera, cuarta línea, donde dice «... la base de retribución del operador del sistema...», debe decir: «... la base de retribución del gestor técnico del sistema...».
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