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Documento BOE-A-2020-1843

Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2020, páginas 11709 a 11709 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2020-1843
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/reg/2020/02/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

Artículo único.

El artículo 46.1 del Reglamento del Congreso quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 46.

1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:

1. Constitucional.

2. Comisión de Asuntos Exteriores.

3. Comisión de Justicia.

4. Comisión de Defensa.

5. Comisión de Hacienda.

6. Comisión de Presupuestos.

7. Comisión de Interior.

8. Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

9. Comisión de Educación y Formación Profesional.

10. Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

11. Comisión de Industria, Comercio y Turismo.

12. Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.

13. Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.

14. Comisión de Política Territorial y Función Pública.

15. Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.

16. Comisión de Cultura y Deporte.

17. Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

18. Comisión de Sanidad y Consumo.

19. Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.

20. Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

21. Comisión de Igualdad.»

Disposición final.

La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

También se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2020.–La Presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet Lamaña.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 04/02/2020
  • Fecha de publicación: 07/02/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 05/02/2020
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 46.1 del Reglamento de 10 de febrero de 1982, publicado por Resolución de 24 de febrero de 1982 (Ref. BOE-A-1982-5196).
Materias
  • Congreso de Diputados
  • Cortes Generales

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