Advertidos errores en el texto XXI Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia, Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 2 de julio de 2020 en el BOE núm. 193, de 15 de julio,
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
Se ha de publicar en el Anexo I, Tabla salarial y demás conceptos retributivos, apartado c) Tabla equivalencias horas perentorias (a partir de 2020), la siguiente tabla:
AÑOS PROGRESIÓN | NIVELES PROGRESIÓN CC SECTOR | PRECIO CC SECTOR EQUIVALENCIA ADVOS-OPCIÓN COBRAR | PRECIO CC SECTOR EQUIVALENCIA ADVOS-OPCIÓN LIBRAR |
---|---|---|---|
AÑO 1 | NIVEL 1 | 15,30 € | 11,47 € |
AÑO 2 | NIVEL 2 | 18,12 € | 13,59 € |
AÑO 3 | |||
AÑO 4 | |||
AÑO 5 | NIVEL 3 | 18,66 € | 14,00 € |
AÑO 6 | |||
AÑO 7 | |||
AÑO 8 y siguientes progresión | NIVEL 4 | 19,41 € | 14,56 € |
Madrid, 20 de agosto de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
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