En el recurso contencioso-administrativo número 87/2018, promovido por la representación procesal de la Asociación Española de Asesores Fiscales contra el Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio,la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 12 de junio de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución,
Esta Sala ha decidido:
1. Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo n.º 87/2018, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Silvia Vázquez Senín, en nombre y representación de la AEDAF, contra el Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, anulando el apartado 8 del artículo 46 de la expresada disposición administrativa de carácter general y rechazando las pretensiones de la asociación recurrente en cuanto al resto de los preceptos impugnados.
2. Sin costas.
3. Procédase a dar cumplimiento a la previsión contenida en el apartado 2 del artículo 107 LJCA.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Nicolás Maurandi Guillén.–José Díaz Delgado.–Ángel Aguallo Avilés.–José Antonio Montero Fernández.–Jesús Cudero Blas.–Rafael Toledano Cantero.–Dimitry Berberoff Ayuda.–Isaac Merino Jara.–Firmado.
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