Advertidas diversas erratas en el texto de la Ley 6/2019, de 15 de marzo, de la Generalitat, de modificación de la Ley 1/2011, de 22 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana, en garantía del derecho de información de las personas consumidoras en materia de titulización hipotecaria y otros créditos y ante ciertas prácticas comerciales, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 90, de 15 de abril de 2019, procede efectuar las siguientes correcciones:
En el artículo 7, donde dice: «Sección segunda: especialidades del derecho a la información sobre totalización de préstamos hipotecarios y otros tipos […]»; debe decir: «Sección segunda: especialidades del derecho a la información sobre titulización de préstamos hipotecarios y otros tipos […]».
En la disposición transitoria segunda, donde dice: «Las entidades bancarias, financieras y de crédito deberán comunicar la información determinada en el artículo 4 de esta norma a todas las personas deudoras, […].»; debe decir: «Las entidades bancarias, financieras y de crédito deberán comunicar la información determinada en el artículo 6 de esta norma a todas las personas deudoras, […]».
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» número 8.549, de 16 de mayo de 2019)
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