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Documento BOE-A-2019-5872

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1021-2019, en relación con el artículo único del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, que da nueva redacción a la disposición adicional decimocuarta ("Modificaciones en el régimen legal de los pagos fraccionados") de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, por posible vulneración de los artículos 31.1 y 86.1 CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2019, páginas 40383 a 40383 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2019-5872

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1021-2019, planteada por la Sección 7.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario núm. 908-2016, en relación con el artículo único del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, que da nueva redacción a la disposición adicional decimocuarta («Modificaciones en el régimen legal de los pagos fraccionados») de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, por posible vulneración de los arts. 31.1 y 86.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento núm. 908-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de abril de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 09/04/2019
  • Fecha de publicación: 18/04/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA en la misma la denegación de aclaración de la Sentencia, por Auto de 21 de julio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-9790).
  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad, con los efectos previstos fj 6, de la disposición adicional 14 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre en la redacción dada por el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por Sentencia 78/2020, de 1 de julio (Ref. BOE-A-2020-8959).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de la disposición adicional 14 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, en la redacción dada por el art. único del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-12328) y (Ref. BOE-A-2016-8957).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Pago fraccionado
  • Política económica
  • Recaudación

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