Advertidos diversos errores en el texto de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 289, de 30 de noviembre de 2018, hay que efectuar las siguientes correcciones:
− En el artículo 12.2.d, hay que suprimir el último párrafo:
Donde dice:
«d) Gestionar actividades y servicios públicos por lo menos a la mitad de los municipios asociados y que, en conjunto, sumen más de la cuarta parte de la población total de los municipios que integran la mancomunidad y sobre las que los municipios ejerzan competencias, y que afecten a las siguientes materias:
− Área de sostenibilidad medioambiental, gestión de los residuos sólidos urbanos y del ciclo del agua.
− Área de seguridad, policía local, guardería rural y emergencias.
− Área de sanidad y bienestar social.
− Área de cultura, juventud, educación y deportiva.
− Área de fomento económico y desarrollo local.
− Área de urbanismo, vivienda y ordenación del territorio.
− Área de infraestructuras, dotaciones y equipamientos.
− Área de participación ciudadana, igualdad, información y comunicación.
− Área de contratación y gestión administrativa y modernización.
El Consell, mediante un decreto, podrá actualizar el número de áreas que habiliten la calificación de comarcal, si la ejecución y el desarrollo de la ley comportan la necesidad de incrementar o disminuir el número mencionado»;
Debe decir:
«d) Gestionar actividades y servicios públicos por lo menos a la mitad de los municipios asociados y que, en conjunto, sumen más de la cuarta parte de la población total de los municipios que integran la mancomunidad y sobre las que los municipios ejerzan competencias, y que afecten a las siguientes materias:
− Área de sostenibilidad medioambiental, gestión de los residuos sólidos urbanos y del ciclo del agua.
− Área de seguridad, policía local, guardería rural y emergencias.
− Área de sanidad y bienestar social.
− Área de cultura, juventud, educación y deportiva.
− Área de fomento económico y desarrollo local.
− Área de urbanismo, vivienda y ordenación del territorio.
− Área de infraestructuras, dotaciones y equipamientos.
− Área de participación ciudadana, igualdad, información y comunicación.
− Área de contratación y gestión administrativa y modernización».
− En la disposición final tercera: hay que suprimir la disposición final tercera de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
− En la disposición final cuarta: como consecuencia de la supresión de la disposición final tercera, hay que corregir la numeración de la disposición final cuarta de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, que deberá ser la tercera:
Donde dice:
Debe decir:
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» número 8.432, de 27 de noviembre de 2018)
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