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Documento BOE-A-2019-18089

Recurso de inconstitucionalidad n.º 6835-2019, contra los artículos 13, letra d); 17.2; 28.6 y 29 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 18 de diciembre de 2019, páginas 136215 a 136215 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2019-18089

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 6835-2019, promovido por el Presidente del Gobierno representado por el Abogado del Estado, contra los artículos 13, letra d); 17.2; 28.6 y 29 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.

Madrid, 10 de diciembre de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 10/12/2019
  • Fecha de publicación: 18/12/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 13.d), 29, 76.41;y lo indicado de los arts. 17.2 y 28.6 (Ref. BOE-A-2021-6618).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra los arts. 13.d), 17.2, 28.6 y 29 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2019-3492).
Materias
  • Consumidores y usuarios
  • Contratos
  • Créditos
  • Extremadura
  • Hipoteca
  • Recursos de inconstitucionalidad

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