En el recurso contencioso-administrativo número 535/2017, interpuesto por la representación procesal del Colegio de Economistas de Pontevedra contra el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 5 de julio de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Estimar el recurso contencioso-administrativo núm. 535/17 interpuesto por la procuradora de los tribunales doña Marta María Barthe García de Castro en nombre y representación del Colegio de Economistas de Pontevedra, contra el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo y, por tanto, se declara nulo de pleno derecho, sin expreso pronunciamiento en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Nicolás Maurandi Guillén.–José Díaz Delgado.–Ángel Aguallo Avilés.–José Antonio Montero Fernández.–Jesús Cudero Blas.–Rafael Toledano Cantero.–Dimitry Berberoff Ayuda.–Isaac Merino Jara.–Firmado.
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