Con el fin de asegurar la coordinación y la calidad de la actividad normativa del Gobierno, el artículo 26.9 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en la redacción dada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, encomienda al Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales el análisis de diversos aspectos de los proyectos normativos que hayan de elevarse al Consejo de Ministros evaluando, entre otras cuestiones, la calidad técnica, la congruencia con el resto del ordenamiento jurídico, la necesidad de incluir la derogación expresa de otras normas o la posible extralimitación en la transposición de Derecho de la Unión Europea.
El citado artículo 26.9 prevé, en su último párrafo, la aprobación de una norma reglamentaria que determine la composición del órgano que se encargará de realizar estas funciones, así como su modo de intervención en el procedimiento. Dicho órgano fue creado por el Real Decreto 771/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, con la denominación de Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
Con posterioridad, el Real Decreto 1081/2017, de 29 de diciembre, ha venido a establecer el régimen de funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, órgano de la Administración General del Estado encargado de promover la coordinación y la calidad de la actividad normativa del Gobierno. La disposición final primera de dicho real decreto ha dispuesto que la entrada en funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa se determinará por Orden del Ministro de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, momento a partir del cual los departamentos ministeriales empezarán a remitir sus propuestas normativas.
Por otra parte, la disposición adicional primera del citado real decreto ha previsto que por el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales se desarrolle un sistema de información que posibilite una comunicación directa y segura entre las Secretarías Generales Técnicas de los departamentos ministeriales y la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
En atención a lo expuesto, dispongo:
Se determina el 16 de marzo de 2018 como fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
Por la Subsecretaría de este Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales se remitirán las instrucciones correspondientes al sistema de comunicación directa entre las Secretarías Generales Técnicas de los departamentos ministeriales y la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
En tanto no se establezca otro sistema de comunicación, las solicitudes de informe de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.9 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se dirigirán al buzón oficial OCCNormativa@mpr.es.
Madrid, 12 de marzo de 2018.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, Soraya Sainz de Santamaría Antón.
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