La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por Auto de 13 de febrero actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 929-2014 por desaparición sobrevenida de su objeto, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 4 de Alicante, en relación con el artículo 8.2 de la Ley 10/2012, en la redacción dada por el artículo 1.9 del Real Decreto-ley 3/2013, y del artículo 7 apartados 1 y 2 de la Ley 10/2012, en la redacción dada por los apartados 6,7 y 8 del artículo 1 del Real Decreto-ley 3/2013, por posible vulneración de los artículos 9.2, 14, 24.1 y 31.1 de la CE. Dicha cuestión fue admitida a trámite el 18 de noviembre de 2014 («Boletín Oficial del Estado» núm. 283, de 22 de noviembre de 2014).
Madrid, 13 de febrero de 2017.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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