El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, habilita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, actualmente, Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para autorizar, a petición de parte interesada, la utilización de otros refrigerantes o mezclas, no incluidas en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.
La Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, con la inclusión del refrigerante con denominación alfanumérica R-407H. Con la solicitud aportan la acreditación del producto mediante las tablas con las características termodinámicas, propiedades químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del productor del refrigerante.
El refrigerante R-407H es una mezcla zeotrópica ternaria, compuesta por 32,5 % de difluormetano (R-32), 15 % de pentafluoretano (R-125) y 52,5 % de 1,1,1,2 tetrafluoretano (R-134 a). Dicha mezcla pertenece al grupo de seguridad L1 (A1/A1), es decir de alta seguridad.
Vista la documentación presentada por el solicitante, esta Dirección General resuelve:
Ampliar la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, que figuran en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02, con la inclusión del refrigerante R-407H, conforme se indica a continuación:
Clasificación de los refrigerantes
Clasificación |
Refrige-rante Nº |
Denominación (composición= % peso) |
Fórmula |
Masa molar Kg/Kmol |
Límite práctico Kg/m3 |
Punto de ebullición a 1,013 bar ºC |
Inflamabilidad |
Potencial de calentamiento atmosférico PCA 100 |
Potencial agotamiento de la capa de ozono PAO |
Clasifi- cación según: REP |
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Temp. auto-ignición ºC |
Límites de inflamabilidad |
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Grupo L |
Grupo Seguridad |
Límite inferior Kg/m3 % v/v |
Límite superior Kg/m3 % v/v |
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1 |
A1/A1 |
R-407H(11) |
R-32/125/134a (32.5/15.0/52.5) |
CH2F2+CHF2-CF3+ CF3-CH2F |
79.099 |
0,300 |
-44,7 a -37,6 |
– |
– |
– |
– |
– |
1495 |
0 |
2 |
– No aplicable.
(11) Estos refrigerantes están regulados por el Reglamento (UE) número 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 842/2006.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el superior jerárquico, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 16 de octubre de 2017.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Mario Buisán García.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid