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Documento BOE-A-2017-10090

Corrección de errores del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 2017, páginas 86372 a 86373 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-10090
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2017/06/09/579/corrigendum/20170901

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 138, de 10 de junio de 2017, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 48130, en el apartado 1 del artículo 2, segunda línea, donde dice: «... en el artículo 1.d) que se fabriquen...», debe decir: «... en el artículo 1.e) que se fabriquen...».

En la página 48131, en el apartado i) del artículo 3, primera línea, donde dice: «i) »Cigarrito»:...», debe decir: «i) «Cigarrito»:...».

En la página 48132, en el párrafo 1.º del apartado ad) del artículo 3, primera línea, donde dice: «1,º No está comprendido...», debe decir: «1.º No está comprendido...».

En la página 48140, en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 18, segunda línea, donde dice: «... en todo el embalaje exterior.», debe decir: «... en todo embalaje exterior.».

En la misma página, en el apartado 1 del artículo 20, segunda línea, donde dice: «... unidades de envasado de tabaco para liar...», debe decir: «... unidades de envasado de la picadura para liar...»; y en la cuarta línea del mismo apartado, donde dice: «... Una unidad de envasado de tabaco para liar...», debe decir: «... Una unidad de envasado de picadura para liar...».

En la página 48141, en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 21, donde dice: «... los productos de tabaco.», debe decir: «... los productos del tabaco.».

En la página 48142, en el apartado 1 del artículo 23, primera línea, donde dice: «... comercializar un producto de...», debe decir: «... comercializar un producto del...»; y en la tercera línea del mismo apartado, donde dice: «... a través del Portal UE-CEG,...», debe decir: «..., a través del Portal EU-CEG,...».

En la página 48143, en el apartado 1 del artículo 26, tercera línea, donde dice: «... a través del Portal UE-CEG,...», debe decir: «... a través del Portal EU-CEG,...».

En la misma página, en el párrafo a) del apartado 1 del artículo 26, primera línea, donde dice: «... contacto del fabricante, y, en su caso,...», debe decir: «... contacto del fabricante y, en su caso,...».

En la página 48144, en el apartado del artículo 28 que comienza por: «1. Los dispositivos...», se debe eliminar: «1.».

En la página 48145, en el párrafo f) del artículo 28, primera línea, donde dice: «f) Que administren las dosis de nicotina...», debe decir: «f) Que los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina administren las dosis de nicotina...», quedando suprimido el apartado 2.

En la misma página, en el párrafo b) del apartado 1 del artículo 30, segunda línea, donde dice: «... en sus párrafos b) y d) referente...», debe decir: «... en sus párrafos a) y c) referente...».

En la página 48146, en el apartado 2 del artículo 33, tercera línea, donde dice: «... aportados al Portal UE-CEG...», debe decir: «... aportados al Portal EU-CEG...».

En la página 48148, en el apartado 1 del artículo 37, tercera línea, donde dice: «... a través del Portal UE-CEG,...», debe decir: «... a través del Portal EU-CEG,...».

En la misma página, en el apartado 3 del artículo 39, segunda línea, donde dice: «... y del todo embalaje exterior,...», debe decir: «... y de todo embalaje exterior,...».

En la página 48149, en el apartado 2 del artículo 41, tercera línea, donde dice: «... aportados al Portal UE-CEG...», debe decir: «... aportados al Portal EU-CEG...».

En la página 48151, en el apartado 1 del artículo 47, primera línea, donde dice: «1. La Subdirección General de Promoción de la Salud y Epidemiología...», debe decir: «1. La Subdirección General de Promoción de la Salud y Vigilancia en Salud Pública...».

En la página 48154, en el apartado 2 de la disposición final cuarta, segunda línea, donde dice: «... e Igualdad se podrán:», debe decir: «... e Igualdad se podrá:»; y en el párrafo c) del mismo apartado, primera línea, donde dice: «... emisiones a que se refiere los...», debe decir: «... emisiones a que se refieren los...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/09/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2017-6585).
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