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Documento BOE-A-2017-1003

Orden APM/50/2017, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2017, páginas 7377 a 7378 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-1003
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/01/26/apm50

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se relacionan en la Orden ARM/1683/2011, de 2 de enero, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

Asimismo, el artículo 55 del reglamento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas que incluyan datos de carácter personal serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos previa publicación de una disposición general en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La Inspección General de Servicios del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente lleva a cabo las actuaciones de inspección y control que le atribuye el artículo 2 del Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales. Como consecuencia de esas actuaciones, maneja y trata datos de carácter personal que hacen necesario la creación de un fichero para dar cumplimiento a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.

En su virtud, y previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de enero, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

Se crea el fichero denominado «Actuaciones de control e inspección de la Inspección General de Servicios», que se incluye bajo la rúbrica Inspección General de Servicios en el apartado Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, hoy Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, del anexo I de la citada Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, con las siguientes especificaciones:

Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Inspección General de Servicios

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Actuaciones de control e inspección de la Inspección General de Servicios.

a.2) Finalidad y usos previstos: Desempeño de las funciones de inspección y control atribuidas a la Inspección General de Servicios en el artículo 2 del Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personal adscrito al Ministerio y sus organismos públicos e interesados que formules quejas, sugerencias, reclamaciones, denuncias o solicitudes relacionadas con la actividad de la Inspección General de Servicios.

b.2) Procedencia:

De los propios interesados, cuando formulen quejas, sugerencias, reclamaciones, denuncias o solicitudes recibidas en la Inspección General de Servicios.

De otros órganos, cuando se trate de comunicaciones de órganos administrativos y organismos públicos a la Inspección General de Servicios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Nombre y apellidos; DNI; dirección postal y de correo electrónico; teléfono; datos del puesto de trabajo; y en los expedientes disciplinarios, afiliación sindical.

c.2) Sistema de tratamiento: no automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o las categorías de destinatarios y legislación aplicable:

Órganos administrativos y organismos públicos de las diferentes Administraciones relacionados con la tramitación de las actuaciones de inspección y control de la Inspección General de Servicios, en particular los competentes en materia de empleados públicos.

Órganos de representación y delegados sindicales.

Juzgados y Tribunales. Ministerio Fiscal.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales de datos.

f) Órganos responsables del fichero: Inspección General de Servicios del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Inspección General de Servicios. Calle Alfonso XII, 56, 28071, Madrid.

h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII del RLOPD: Alto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado».

Madrid, 26 de enero de 2017.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/01/2017
  • Fecha de publicación: 31/01/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/2017
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio (Ref. BOE-A-2011-10581).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Agricultura y Pesca Alimentación y Medio Ambiente

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